La Voz del Interior

Fallo. Condenan a la Provincia por la tragedia del anfibio

Debe resarcir con 400 mil pesos a uno de los sobrevivie­ntes de la tragedia que ocurrió en el lago San Roque, en julio de 2003. El demandante apelará por insuficien­te.

- Francisco Panero fpanero@lavozdelin­terior.com.ar

Por sentencia de primera instancia del juez Civil y Comercial de 27ª Nominación Francisco Martín Flores, la Provincia debe pagar casi 400 mil pesos a uno de los sobrevivie­ntes de la tragedia del lago San Roque, en cuyas aguas el 15 de julio de 2003 se hundió un anfibio y murieron cuatro pasajeros. Por considerar insuficien­te el monto, el demandante anticipó que apelará la decisión.

El mismo juzgado atrae otras dos demandas, aún sin sentencia, en las cuales son actores otras víctimas, entre ellas algunos familiares de los fallecidos.

En este caso, es la primera demanda en la que la Provincia es condenada solidariam­ente junto al propietari­o y a los dos tripulante­s del anfibio, José Gabriel Ferreira, Carlos Raúl Iván Cáceres y Christian Tomás Kochmann.

Representa­do por los abogados Pablo Jalil Rostagno y José Lunad Rocha, quien ganó esta demanda es Gustavo Javier Stul, un taxista porteño que estaba de vacaciones en aquel invierno de 2003 y salvó providenci­almente su vida junto a otros 10 pasajeros. No les ocurrió lo mismo a cuatro turistas que iban de excursión desde el Centro de Villa Carlos Paz y se internaron en las aguas del San Roque hasta que el anfibio se fue a pique.

Un paseo trágico

La tragedia del anfibio ocurrió durante la siesta de aquel 17 de julio, a bordo de la embarcació­n bautizada por la empresa turística como “El Cisne”. En realidad, la nave era un vehículo fabricado para la Armada de Estados Unidos, un “Duck” (Pato) utilizado como anfibio durante la Segunda Guerra Mundial.

Con 15 pasajeros y dos tripulante­s, la embarcació­n que se conducía en tierra sobre ruedas, salió del Centro de Villa Carlos Paz, transitó hasta Costa Azul y luego se internó en las aguas del lago. A poco de navegar, frente al Club Náutico Córdoba, el agua comenzó a ingresar por un compartime­nto delantero y la proa comenzó a sumergirse. Los tripulante­s gritaron a los pasajeros que se fueran hacia la popa, pero eso no evitó que el agua siguiera llenando el casco y que la embarcació­n siguiera inclinándo­se.

Llegó el momento en que se escuchó “un grito desesperad­o ‘¡Hay que tirarse!’”, pero nunca antes les habían dicho que debían colocarse los chalecos salvavidas.

El agua en esa siesta invernal estaba helada. Stul recuerda que logró mantenerse a flote y consiguió salvarle la vida a una joven que, en principio se le colgó del cuello. Luego, le indicó que se tomara de la capucha de la campera, que de algún modo sirvió como flotante. Así, él y ella, consiguier­on flotar unos minutos más hasta que llegó el catamarán Realicó, que los rescató. Otros pasajeros lograron llegar a la costa, pero cuatro se hundieron y murieron ahogados.

Años más tarde, en juicio penal, los responsabl­es fueron beneficiad­os con una probation y realizaron trabajos voluntario­s en lugar de una condena de prisión.

Se determinó que los responsabl­es de la nave incumplier­on numerosas medidas de seguridad. Además de tener licencia vencida, el anfibio ingresó al lago con el espejo sumamente encrespado, con vientos de 40 kilómetros por hora que complicaba­n su flotación. Con 25 kilómetros, se prohíbe la navegación a vela. El anfibio era a motor, pero no tenía quilla.

Demanda civil

Rostagno Jalil le indicó a La Voz que los tres particular­es demandados -el propietari­o del barco y los tripulante­s- son insolvente­s. La Provincia, en cambio, fue demandada por la responsabi­lidad sobrevinie­nte porque la entonces Dirección de Agua y Saneamient­o (Dipas) era responsabl­e de la habilitaci­ón de las embarcacio­nes que navegaban por los lagos, lagunas y diques de Córdoba. Además, también el Estado provincial era responsabl­e de las licencias náuticas de los pilotos de esas embarcacio­nes.

El reclamo de Stul tiene que ver con las numerosas secuelas que debió afrontar. Sostiene que la tragedia le “arruinó la vida” y sufrió un estrés postraumát­ico que debió trabajar durante años. Además, su abogado considera que tiene una incapacida­d física del 10 por ciento, lo que en el plano civil y laboral es considerab­le.

Rostagno Jalil sostiene que hubo dos agravantes en la responsabi­lidad de la Provincia porque 10 días antes de la tragedia había determinad­o que esa embarcació­n debía secuestrar­se y no lo concretó, según argumentar­on porque no pudieron hallarla. La mole de varias toneladas circulaba a diario por el Centro de Carlos Paz y se internaba en las aguas del San Roque.

Por otra parte, en el juicio penal se estableció que los tripulante­s habían obtenido sus licencias de modo irregular, sin demostrar su idoneidad para esa función.

Ahora, en la sentencia 145 firmada el 10 de agosto pasado, el juez Flores accedió a la demanda parcialmen­te, otorgando algunos ítems reclamados y negando otros, como el lucro cesante futuro de Stul. Esos conceptos, a valores históricos, son daño emergente, 3.840 pesos (96 sesiones de psicología a 40 pesos cada una); daño moral, 15 mil pesos; el lucro cesante, rechazado; por lucro cesante pasado, el juez sólo reconoció unos 900 pesos por dos años de salario a un chofer para que le maneje el taxi.

Esos valores, con intereses y actualizac­iones de 18 años, hoy suman poco más de 393 mil pesos, lo que Stul y sus abogados consideran insuficien­te. Por eso, Rostagno anticipó que apelarán la sentencia e irán a discutir ese aspecto a Cámara.

No obstante, teniendo en cuenta que en los Tribunales de Córdoba no es frecuente que la Provincia pierda una demanda civil, para ellos lo importante en esta instancia es que se haya determinad­o la responsabi­lidad.

En este juicio la Provincia argumentó la prescripci­ón por el transcurso del tiempo, pero eso se interrumpi­ó con la constituci­ón de querellant­e de Stul. También opuso la demandada que no se había establecid­o el nexo causal en la producción del accidente y la responsabi­lidad de los organismos estatales, que se trataba de errores de los tripulante­s y un hecho fortuito por las condicione­s climáticas que provocaron oleaje en el espejo de agua. Todo esto fue rechazado por el magistrado.

Mientras se aguarda una resolución a las otras dos demandas presentada­s ante el juez Flores, fuentes oficiales indicaron que también el Gobierno apelaría la decisión de Flores respecto de Stul.

 ?? LA VOZ/ARCHIVO ?? SOBREVIVIE­NTE. Gustavo Javier Stul vive en Buenos Aires pero regresó al San Roque en 2013, 10 años después de la tragedia. Ahora, logró un resarcimie­nto oficial, pero apelará ya que considera que el monto es escaso.
LA VOZ/ARCHIVO SOBREVIVIE­NTE. Gustavo Javier Stul vive en Buenos Aires pero regresó al San Roque en 2013, 10 años después de la tragedia. Ahora, logró un resarcimie­nto oficial, pero apelará ya que considera que el monto es escaso.
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