Pautas para reclamar reajustes jubilatorios
En el caso de jubilaciones y pensiones obtenidas, exclusivamente o parcialmente, con aportes en relación de dependencia, pueden reclamar un reajuste de haberes. Esto se debe a que las remuneraciones históricas de los últimos 10 años de aportes, las cuales son tomadas en cuenta para calcular el ingreso promedio y el haber inicial de la jubilación, son actualizadas con índices perjudiciales para el futuro trabajador, en desmedro de la pacífica jurisprudencia sobre el tema. Al haber inicial, incorrectamente liquidado, se le suma una movilidad posterior que resulta insuficiente, considerando el incremento de la inflación y el incremento del nivel general de remuneraciones.
Las jubilaciones y pensiones obtenidas empleando, exclusivamente, aportes autónomos, en general, no arrojan diferencia a reclamar.
Para analizar cuáles son las posibilidades de éxito ante un reclamo de reajuste de haberes es necesario contar con la resolución que le otorgó el beneficio al interesado y un recibo reciente de jubilación o pensión, según corresponda. Si no se cuenta con dicha documentación, es posible, ya sea por el interesado o un abogado, tomar vista del expediente en el archivo general de ANSeS. Con esa resolución se realiza el cálculo y se estima con asombrosa precisión el monto del reajuste a percibir.
Los juicios deberían durar entre 2 y 5 años, aunque, por la cantidad de juicios pendientes, los tiempos se han alargado asombrosamente. En caso de fallecimiento de la persona interesada, el reajuste será percibido por sus herederos.