CLASES MAGISTRALES
No había redes de parentesco en las que no hubiera españoles europeos.
jano Buenos Aires, donde se amañaban hasta las informaciones de nobleza. En todo caso, nadie levantó la voz contra el supuesto bígamo. Como fuere, la estrategia familiar de Domenico fue parecida a la de Vicente Azcuénaga y a la de otros comerciantes coloniales: una sucesión de alianzas patrimoniales que apuntaban a reproducir sus patrimonios. En definitiva, también los Belgrano constituían un clan, una red de relaciones de parentesco por la que circulaban recursos económicos, sociales y políticos. Esa comunidad se relacionaba con otras familias, como los Castelli. Es fama que, cuando Juan José se recibió de abogado en Charcas, su primo exclamó: «… al fin tendremos un abogado en la familia». No era para menos, la abuela materna de Castelli, Gregoria González de Islas, y el abuelo paterno de Belgrano, Juan Manuel González de Islas, eran hermanos.
PECADO DEL CONCUBINATO. En la lluviosa mañana en que se produjo la expulsión de los Padres, Francisco Pérez de Saravia no podía con su contentura. Pese a que era un anciano de cincuenta y siete años (la esperanza de vida no superaba los cuarenta), había sido asignado a la partida que habría de tomar el Colegio Grande. Pero habría caminado leguas de borrasca sin importarle. Nadie odiaba a los jesuitas como él. Don Francisco había llegado a Buenos Aires como criado del gobernador Joseph de Andonaegui, a quien acompañó como oficial de milicias durante la guerra guaranítica. Cuando volvió, se convirtió en un prominente comerciante al que no le incomodaba algún contrabando de vez en cuando. En 1755, hubo que elegir un juez de comercio entre los «más principales» comerciantes. Se montó un tole tole de proporciones. Los vecinos se enfrentaron ferozmente a los forasteros. Querían que los representara uno de ellos, alguien que no sólo residiera en la Trinidad, como los forasteros, sino también que estuviera casado en ella. Estar casado según manda la Santa Iglesia era condición necesaria para ser acreditado como vecino con los privilegios que ello conllevaba. Disfrutaban de derechos civiles los que tenían una familia arraigada. Por eso los que venían de la península a hacer fortuna se casaban