Pedido de juicio contra dos jueces
Cuestionan el fallo que llamó “sicarios” a los médicos
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Una asociación civil presentó un pedido de juicio político por “ignorancia inexcusable de derecho” hacia los jueces Javier Anzoátegui y José María Rizzi, que habían denunciado a funcionarios y organismos que garantizaron el acceso a la interrupción legal del embarazo (ILE) a una niña abusada sexualmente. Consideró que los magistrados “arrasan con estándares de derechos vigentes para el acceso a la salud, el ejercicio de la autonomía reproductiva y el respeto por la dignidad de las mujeres y personas gestantes con derecho a abortar”. El escrito, que se suma al repudio de organismos, integrantes del poder judicial y la sociedad civil, cuestiona no solo el desconocimiento del derecho por parte de los jueces, sino el “indebido uso de la Magistratura para exponer cosmovisiones personales” y “su inocultable sesgo religioso”.
La denuncia de Soledad Deza, presidenta de la Fundación Mujeres x Mujeres y Julieta Arosteguy, docente de Salud y Derechos Humanos en la Universidad Nacional de Quilmes, se presentó ante el presidente de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura, Diego Molea.
Las denunciantes plantearon que a ocho años del fallo F.A.L donde la CSJN despejó toda duda sobre la legalidad de las causales de aborto que el Código Penal establecía desde 1921, “resulta inaceptable que un magistrado desconozca los estándares de derechos vigentes en torno al aborto de embarazos forzados o riesgosos que se inscriben dentro de la esfera de opciones legales en virtud del principio de legalidad del art. 19 de la Constitución Nacional”. También expresaron que resulta “inexcusable la ignorancia de derecho respecto del campo de la filiación y el sistema registral del estado civil y capacidad de las personas”. Ya que en el escrito los jueces hablan de “hija” o “niña” para referirse al “producto de la gestación” que fue abortado, “en franco desconocimiento del sistema de filiación imperante, que requiere de una ‘persona’ para crear vínculos de ese tenor “.
Este lunes, PáginaI12 reveló que Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi, jueces del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 8, denunciaron “la posible comisión del delito de homicidio y/o la comisión del delito de homicidio prenatal o aborto” y pidieron que se investigue la conducta de los organismos y funcionarios/as que le garantizaron a una niña, víctima de violación desde los cinco a los catorce años por parte de su hermanastro, su derecho legal a interrumpir el embarazo producto de los abusos. Los jueces llamaron “sicarios” y “asesinos a sueldo” a los médicos.
El miércoles, el Ministerio Público Fiscal presentó un recurso ante la Cámara de Casación para que deje sin efecto lo ordenado por los jueces. El fallo fue repudiado por organismos públicos, organizaciones de la sociedad civil, del movimiento de mujeres y políticas, e integrantes del poder judicial. En consonancia con estos actores, el pedido de juicio político consideró que el voto de estos jueces “no es más que un extenso alegato para construir sentidos criminalizantes para conductas que no merecen reproche penal” y un “indebido
uso de la magistratura para exponer cosmovisiones personales que no se condicen con el derecho vigente y que por su inocultable sesgo religioso, debieran quedar reservadas al plano de su conciencia para evitar configurar daños a otras personas”. Expuso además que “la ignorancia inexcusable de derecho” de los jueces se extiende a los estándares de igualdad de género que permean desde el bloque constitucional federal con la incorporación de la Cedaw y la obligatoriedad de un enfoque de género en la administración de justicia, reforzada por la ley 27.499 conocida como “Ley Micaela”.
Los Jueces Anzoategui y Rizzi “no tienen competencia para investigar conductas que no tienen reproche penal, y tampoco tienen competencias en el marco de una causa de abuso sexual de una niña
La presentación contra Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi fue formulada ante el Consejo de la Magistratura.
“Resulta inaceptable que un magistrado desconozca los estándares de derechos vigentes en torno al aborto de embarazos forzados o riesgosos.”
víctima de violación para revisar de forma inquisitorial la decisión legal de interrumpir el embarazo producto de una violación, mucho menos para considerar la prestación médica que asegura el derecho a decidir, un delito”, plantearon las denunciantes. La ignorancia de los jueces no les permite ver que “negar un aborto permitido por la ley es violencia de género” y obstruir el acceso a la salud en estos casos, “es, además de violencia, tortura”.
En relación al trato de “sicarios” y “asesinos a sueldo” a las o los médicos que garantizaron la ILE a la niña, consideraron que “ese razonamiento que coloca en planos semejantes de reproche el homicidio y el aborto, es un plano permeado por el dogma religioso y no por el derecho; como así también la omisión en distinguir un aborto penado por la ley de un aborto permitido por la ley”. Pretenden “impregnar de religión” un campo “que debe ser laico para evitar discriminaciones y violencias”.
En esa línea cuestionaron también “un activismo judicial inaceptable que opera desde dentro de los Poderes del Estado para debilitar políticas públicas diseñadas para apuntalar el acceso a la salud, la autonomía reproductiva y la igualdad de género”.
Para Deza y Arosteguy es inaceptable que los jueces denunciados usen su lugar de poder y se aprovechen del efecto simbólico de sentencias. @
A los pocos minutos de que le retiraran la tobillera, el objeto que le recordaba que todavía no era libre, Jorge González Nieva dice que hay cosas, como el tiempo, que no tienen reparación. “Nunca voy a recuperar todos los años que perdí, las cosas que no viví, ahora lo que quiero es poder seguir adelante”, dijo a PáginaI12. Desde su casa, en la localidad bonaerense de Merlo, relató que lo primero que va a hacer es salir a dar una vuelta manzana; después, va a ir a visitar a sus nietas. “Entré a la cárcel cuando mi hija más chica tenía siete. Ahora tengo una nieta de ocho”, relató el hombre un día después de recibir el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que resolvió absolverlo y dejar sin efecto la sentencia que lo condenaba a 25 años de encierro.
El calvario de González Nieva empezó con dos peleas: una en la calle, con quien casualmente era funcionario del Poder Judicial local, y la otra de vecinos, con la diferencia de que el suyo trabajaba en la Policía Federal. Lo que vino después del 18 de julio del 2006, el día en que lo detuvieron, fue parte de una red que ya estaba tejida desde antes. “Tuve un altercado en la calle, una pelea por un accidente de tránsito. De ahí sacaron mis fotos. Unos días después, a eso de las ocho de la noche, íbamos con mi pareja a lo de una amiga y me detuvo un policía, el jefe de calle. Me esposaron, me molieron a palos y me llevaron a la comisaría”, relató el hombre, quien por ese entonces tenía 41 años y manejaba un taxi en el partido de Merlo, en la Provincia de Buenos Aires.
El jefe de calle de la Comisaría N°3 de Castelar, Alberto Casco, fue exonerado en 2017 al igual que el comisario Guenel, de la misma unidad, acusados por armar causas y pedir dinero a cambio de levantarlas. En el fallo de la absolución de González Nieva, los jueces detallaron que “al momento del debate oral y público el tribunal de mérito ya se encontraba en conocimiento de estas graves y múltiples imputaciones”, y consideraron que “el tribunal oral desatendió uno de los principales deberes que pesan sobre quienes ejercen la magistratura en el fuero penal”.
Al día siguiente de la detención, en julio del 2006, lo llevaron a hablar con el fiscal Alejandro Jons —actualmente apartado de su cargo mientras se analiza su participación en la misma causa que los efectivos— que le informó sobre el delito por el cual estaba acusado: robo con homicidio resultante contra Analía Aguerre, una mujer que había sido asesinada el 24 de mayo de ese año, luego de retirar 11 mil pesos de un banco. “La única prueba que tenían era un reconocimiento fotográfico de una persona que