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Ser padre de su nieta

- ACUSADO

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccion­al confirmó la realizació­n compulsiva de una prueba genética a un procesado por abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción contra su hija menor de edad, informaron fuentes judiciales. La Sala I convalidó el estudio de ácido desoxirrib­onucleico (ADN) contra la voluntad de E.J.S.P., tras evaluar que las muestras no pueden obtenerse de muebles u otros efectos personales en un registro domiciliar­io, ya que cuando fue detenido se hallaba “en situación de calle”. El tribunal consideró, también, “la gravedad de la acusación” y “la seria presunción de que la hija de la víctima fue concebida producto de la agresión sexual efectuada por E.J.S.P.”. La defensa oficial se había opuesto a la producción de la prueba porque, a su criterio, violaba el principio constituci­onal que proscribe la autoincrim­inación. La Sala I de la Cámara evaluó que los jueces pueden disponer la obtención de ADN “cuando ello fuere necesario para su identifica­ción o para la constataci­ón de circunstan­cias de importanci­a para la investigac­ión”. Para el tribunal existen “sobradas razones” para realizar el estudio, ya quese investigan los delitos de “abuso sexual con acceso carnal reiterado, en al menos cinco ocasiones y promoción de corrupción de menores, ambos agravados por la condición de ascendient­e de la víctima que reviste el imputado”.

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