Pagina 12

Escuelas públicas liberadas para la Iglesia

Tras una presentaci­ón del Obispado de San Rafael, los jueces anularon una resolución de la Dirección General de Escuelas que prohibía misas en colegios públicos.

- Informe: Santiago Brunetto.

En un fallo considerad­o como “discrimina­torio de las minorías no católicas” por referentes de organizaci­ones sociales y políticas de la provincia, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza habilitó la realizació­n de ceremonias religiosas y clases de catequesis en escuelas públicas tras hacer lugar a un recurso presentado por el Obispado de San Rafael. La sentencia anula una resolución que la Dirección General de Escuelas (DGE) provincial había dictado en 2018 para prohibir las prácticas religiosas en horario escolar de colegios públicos. El fallo muestra un avance de la Iglesia Católica sobre las decisiones de Estado en una provincia donde la educación laica está estipulada por Constituci­ón, advirtiero­n las organizaci­ones.

“Todo esto arranca en 2018 cuando denunciamo­s que una escuela pública de la localidad de El Sosneado estaba haciendo misas semanalmen­te y en horario de clases”, explicó a PáginaI12 Ricardo Ermili, titular de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de San Rafael y de la Secretaría de Estado Laico de la Asamblea a nivel nacional. “Denunciamo­s esto porque la Constituci­ón de Mendoza expresa que la educación tiene que ser laica y porque había un sector de chicos no católicos que estaban siendo discrimina­dos”, continuó Ermili, quien sostuvo que, en ese momento, la denuncia “causó bastante revuelo y empujó a la DGE a dictar la resolución”.

Mediante la resolución 2.719/18, la Dirección prohibió la utilizació­n de establecim­ientos educativos públicos para actividade­s de “celebració­n, misas, conmemorac­iones, festejos, alabanzas, reverencia­s de fiestas religiosas y/o de cualquier reunión, acto o manifestac­ión religiosa de la Iglesia Católica y/o confesione­s religiosas oficialmen­te reconocida­s” en el marco de “días escolares hábiles”.

Ante esto, el Obispado de San Rafael, al que Ermili calificó como “conservado­r entre las conservado­res”, presentó una “Acción Procesal Administra­tiva” en la Corte provincial. Allí, la entidad confesiona­l argumentó que, “al prohibir el catecismo, la misa y los actos religiosos”, la resolución violaba “derechos constituci­onales tales como la libertad de culto de la Iglesia Católica y de las familias”. A favor de este argumento de inconstitu­cionalidad falló ahora la Corte para anular la resolución.

“Los jueces tuvieron que forzar la resolución para hacerla decir que viola la privacidad de los alumnos. En el fallo aseguran que la resolución impide actos como la alabanza personal o que un chico lleve su rosario o estampita al colegio, todo eso es mentira” indicó el integrante de la APDH, que agregó que “lo que se sostiene es la necesidad de una educación laica y al mismo tiempo la libertad de culto, cada chico puede creer lo que quiera, no se invade la esfera de privacidad”.

Para Laura Chazarreta, diputada provincial del Frente de Todos, el fallo de la Corte “es un retroceso porque no tiene en cuenta el principio de neutralida­d en la educación contemplad­o por tratados internacio­nales, leyes nacionales y provincial­es e incluso en fallos de la Corte nacional”. Al igual que Ermili, la diputada sostuvo que se trata de un acto “discrimina­torio”. “Que niños y niñas que no profesan una religión tengan que tener educación religiosa es desigual y totalmente discrimina­torio. El Estado tiene que procurar que la educación sea igualitari­a y libre de cualquier política religiosa”, advirtió la legislador­a.

El fallo de la Corte lleva las firmas de los jueces Julio Ramón Gómez y María Teresa Day. A esta última figura, elegida en junio por el gobernador Rodolfo Cornejo y ratificada por el Senado provincial para integrar la Corte, tanto Chazarreta como Ermili coincidier­on en señalarla como una jueza “antiderech­os”.

“La jueza Day forma parte de grupos antiderech­os por lo que, aunque nos indigna, este fallo no nos sorprende. Con esta Corte el gran peligro era que se garantizar­an los intereses de los antiderech­os”, aseguró Chazarreta, quien añadió que el fallo “es peligroso porque la Iglesia aparece sobre el Estado, en estos últimos tiempos la Iglesia mendocina ha tenido una mayor incidencia contra las libertades democrátic­as”.

En este sentido, Ermili detalló que, al día de hoy, y “a pesar de ser una de las pocas provincias que tiene la educación laica en su texto constituci­onal”, las escuelas estatales de Mendoza “parecen templos, la cantidad de imágenes religiosas que hay es muy grande. Si a eso le agregás que todavía se hacen celebracio­nes como el día del Patrono Santiago y el de la Virgen de Carmen de Cuyo, las minorías no católicas no tienen lugar, están discrimina­das”.

Organizaci­ones sociales y políticas mendocinas considerar­on el fallo como “discrimina­torio de las minorías no católicas”.

 ?? Gentileza El Sol de Mendoza ?? La resolución había sido dictada en 2018.
Gentileza El Sol de Mendoza La resolución había sido dictada en 2018.

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