Otro caso de impunidad
Causa Ford: las condenas a los gerentes frenadas en Casación
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El 11 de diciembre de 2018 la automotriz norteamericana Ford fue noticia en el mundo por la condena contra dos de sus exdirectivos en la Argentina por delitos de lesa humanidad contra 24 trabajadores durante la última dictadura. La sentencia del Tribunal Oral Federal 1 de San Martín fue el corolario de una larga lucha que comenzó tras el retorno de la democracia y que aún no concluyó: las condenas de los civiles Pedro Müller y Héctor Francisco Sibilla, igual que la del militar Santiago Riveros, no están firmes. La novedad es que la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, tal como lo hicieron su par bonaerense, el Ministerio Público Fiscal y las querellas particulares, le pidió esta semana a la Sala II de la Cámara de Casación Penal que rechace los recursos de las defensas y confirme las condenas.
El caso de Ford Motor Argentina SA es una de las excepciones que confirman la regla de la impunidad de los partícipes civiles del terrorismo de Estado, en particular de los empresarios que se valieron de las fuerzas armadas para aniquilar a delegados y activistas gremiales. Müller, de 89 años, era gerente de manufacturas y segundo en la escala jerárquica debajo del presidente de Ford, Nicolás Courad, que murió impune en 1989. El teniente coronel Sibilla, de 94 años, era jefe de seguridad de la planta de General Pacheco, que llegó a tener centro de interrogatorios propio en su campo de deportes. También llegó a estar procesado pero murió al tiempo el ex gerente de relaciones laborales Guillermo Galárraga.
En 2002, a partir de las declaraciones en el Juicio por la Verdad de La Plata, el fiscal Félix Crous, actual titular de la Oficina Anticorrupción, presentó la denuncia que permitió reabrir la causa en 2003, luego de que el Congreso declarara la nulidad de ambas leyes. El expediente debió sortear disputas de competencia y estuvo paralizado durante años en San Martín hasta que la jueza Alicia Vence se dignó a activar la causa, ordenó una inspección a la planta y en 2013 procesó a los ex directivos por la entrega de datos personales y fotos de los activistas al Comando de Institutos Militares, a cargo de Rivero, y por facilitar sus instalaciones para montar un centro de torturas. La causa se elevó a juicio en 2014 pero se topó entonces con los planteos dilatorios de las defensas y los problemas para conformar el tribunal de San Martín, donde se acumulaban derivaciones de la megacausa Campo de Mayo.
El juicio arrancó finalmente en diciembre de 2017 y concluyó un año después con las condenas a Riveros a 15 años de prisión, como coautor de los secuestros y las torturas contra los trabajadores, y al exjefe de seguridad Sibilla (12 años) y al ex gerente Müller (10 años) como partícipes necesarios de los mismos delitos.
El escrito presentado por la Secretaría aborda los planteos centrales de las defensas, expone las razones por las que sus recursos deben ser rechazados y hace un análisis de las pruebas de la responsabilidad de los condenados. “A más de dos años de la sentencia, la decisión judicial aún no está firme”, recordó la Secretaría. “Considerando que los condenados empresariales tienen 89 y 94 años –recuerda–, resulta indispensable y urgente un fallo inmediato del tribunal de Casación que permita por fin dar respuesta en el campo penal a las víctimas que junto a sus familias y una gran cantidad de organizaciones sostienen hace décadas una lucha histórica por Memoria, Verdad y Justicia”.