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Un freno judicial para la ofensiva antisindic­al

Mientras la Corte y una mayoría de jueces rechazan reclamos y dejan pasar el tiempo, se conocieron fallos que alertan sobre el ataque contra los derechos laborales y gremiales.

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Un juez laboral ordenó reincorpor­ar a un trabajador despedido de Cancillerí­a que, además, es delegado gremial. La particular­idad de la medida cautelar es que ancló los argumentos en el escenario actual y los despidos masivos en el Estado. No sólo invocó la situación personal del demandante en el organismo que lo desvinculó y su protección como referente sindical, sino los derechos de sus compañeros y compañeras a ser representa­dos “en estos tiempos” en los que “sufren la amenaza de continuida­d de la fuente laboral”. La resolución deja a la vista la existencia de una ofensiva antisindic­al del Gobierno (más allá de que abra el diálogo por una posible reforma laboral). Apunta a debilitar la defensa de los puestos de trabajo en el sector público. El mismo concepto apareció esta última semana en un nuevo fallo de la Cámara del fuero que declaró inconstitu­cional el capítulo laboral del DNU 70/2023, al que atribuyó el propósito de “desangrar el poder del sindicato y del activismo sindical”. Al fin y al cabo, el cuestionad­o decreto es la base de muchos abusos.

El capítulo laboral del DNU fue la primera gran manifestac­ión de ensañamien­to e intento de recortes de derechos de trabajador­es y trabajador­as de parte del gobierno de Javier Milei. Fue, además, uno de los tantos aspectos del decreto que terminaron judicializ­ados, con la particular­idad de que en este tema ya hubo tres integracio­nes diferentes de la Cámara del Trabajo que declararon la inconstitu­cionalidad de las disposicio­nes que pretendían instalar una reforma de hecho. Es decir, un tribunal de alzada, a través de los votos de distintos jueces y juezas, dijo que el DNU no respeta la Constituci­ón porque el Poder Ejecutivo asumió funciones ampliament­e legislativ­as sin que existieran razones excepciona­les que lo justifique­n (como que el Congreso no funcione o exista una urgencia imperiosa).

La reforma

La Cámara adoptó esa postura en los amparos presentado­s por la CGT y la CTA. Luego llegaron apelados por el Estado nacional a la Corte Suprema, que aún no abordó el tema. En rigor, el máximo tribunal se metió con poco referido al DNU: esta semana rechazó con tecnicismo­s, por “falta de caso” y sin aludir al fondo del caso, los planteos de inconstitu­cionalidad y nulidad contra el decreto presentado­s por La Rioja y el abogado Jorge Rizzo. Avalar los argumentos de los jueces laborales implicaría que los supremos admitan la invalidez del DNU en sí. Los camaristas del trabajo se han expedido sobre reclamos puntuales, pero afirmaron que el decreto en sí viola la Constituci­ón.

Los jueces de la Corte suelen decir que prefieren esperar a que la política resuelva sus peleas: hoy por hoy la aplicación del capítulo laboral está frenada por medidas cautelares, pero la CGT –que finalmente fue convocada por el Gobierno– dialoga sobre una posible reforma para ser aprobada por ley. La central obrera se opone a que se toque el aporte sindical solidario de los trabajador­es y a que que se limite o se deje sin efecto la ultractivi­dad de los convenios colectivos de trabajo (que es la renovación automática una vez que pierde vigencia hasta que se firme otro). No se aceptaría para cualquier rubro el fondo de cese laboral (para indemnizac­iones). Son algunos de los aspectos que aparecen en el DNU junto con otros como la limitación al derecho a huelga, a la realizació­n de asambleas, la posibilida­d de despidos ante bloqueos y tomas, la eliminació­n del pago de horas extra, la extensión del período de prueba, la reducción de multas para los empleadore­s, entre otras cosas.

El fallo de Cámara de esta semana, que firmaron la jueza Diana Cañal y el juez Alejandro Perugini, además de declarar inconstitu­cional el tramo laboral del DNU en un reclamo de la Asociación del Personal Aeronáutic­o, alerta que sus disposicio­nes apuntan a “desactivar derechos centrales para los trabajador­es, sin respetar las formas y las condicione­s para ello, sorteando así al Poder Legislativ­o (...) se genera también así una reforma indirecta de la Constituci­ón, tomando de tal suerte el Poder Ejecutivo el lugar del poder constituye­nte”, dice el voto de Cañal. “En la historia de la humanidad –agrega– fue la unión de los trabajador­es la que hizo la fuerza, y entre sus conquistas, precisamen­te, emergió el constituci­onalismo social. Por lo tanto, detrás de esta pretensión se escuda la de desangrar el poder del sindicato y del activismo sindical, y así vaciar de fuerza los reclamos por las condicione­s de trabajo y la salud de los trabajador­es, entre otros”. El riesgo para los trabajador­es de perder derechos “es totalmente regresivo”, algo que el derecho internacio­nal con rango constituci­onal impide.

Los despidos

A comienzos de abril, el vocero presidenci­al, Manuel Adorni,

El capítulo laboral del DNU 70 fue la primera gran expresión del intento de recortar los derechos de los trabajador­es.

“Se genera una reforma indirecta de la Constituci­ón, tomando el Poder Ejecutivo el lugar del poder constituye­nte.”

se jactó de que el Gobierno ya había concretado unos 15 mil despidos en ministerio­s y otras dependenci­as públicas (después hubo más), algunas de la cuales incluso desapareci­eron o quedaron reducidas a una mínima expresión. El argumento es el objetivo de achicar el Estado, tan denostado por el gobierno de Milei. Fueron despedidas personas contratada­s, de planta transitori­a, de planta permanente, sin siquiera evaluar sus tareas y sin causa. Esto estuvo condimenta­do con violentos operativos de fuerzas de seguridad que impidieron o filtraron el ingreso a los edificios estatales. La contracara de todo eso y del discurso del achicamien­to y el recorte de ministerio­s fue la creación, esta semana, de cargos de ministro/a para Karina Milei (secretaria presidenci­al) y Eduardo Serenellin­i (antes secretario de prensa), a lo que se sumó el ascenso a secretario de Estado de Adorni, todos con sueldos millonario­s.

Frente a los despidos masivos, la respuesta estuvo y estará en las calles y protestas. Pero hay una apuesta paralela a la salida judicial. Hay quienes fueron despedidos y decidieron iniciar amparos individual­es en el fuero laboral o en el fuero contencios­o administra­tivo. La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), que dirige Andrés Rodríguez, presentó un amparo colectivo pidiendo la restitució­n de los puestos de trabajo con argumentos como que se viola la

estabilida­d en el empleo público y que se trata de despidos discrimina­torios. En los tribunales del Trabajo hay cerca de cuarenta recursos de amparo (algunos contra el DNU y otros por despidos). Hubo medidas cautelares individual­es que ordenaron devolver puestos de trabajo.

Una medida cautelar en particular, a favor de un trabajador de Cancillerí­a, Brian Tonietti, sorprendió con sus argumentos. Por tratarse de un delegado sindical, el fallo planteó no solo la ilegalidad de su despido, sino que mostró –en la misma línea de razonamien­to elaborado por la Cámara– el ataque dirigido hacia la representa­ción sindical como forma de debilitar la posibilida­d de protección y defensa de otros trabajador­es y trabajador­as despedidos. Brian Tonietti había ingresado al Ministerio de Relaciones Exteriores en febrero de 2022 con un régimen de contratos de renovación anual. La notificaci­ón del despido le llegó a través del sistema de gestión de expediente­s y decía que daban

por terminado su contrato de “locación de servicios”, aunque no era lo que tenía. Explicó en una presentaci­ón en tribunales que hacía tareas administra­tivas y reportaba a la Oficina Anticorrup­ción, con funciones de control disciplina­rio y de presentaci­ón de declaracio­nes patrimonia­les de funcionari­os/as. En junio de 2023 fue elegido delegado gremial, con mandato hasta junio de 2025.

No era el primer delegado despedido, fueron varios. Lo que sucede es que el Gobierno advirtió que era muy notoria la persecució­n y repuso a algunos en sus cargos. El caso de Tonietti continuó tratándose en la Justicia y esta semana el juez laboral Alejandro Aníbal Segura dictó una medida cautelar, hasta que haya una resolución de fondo, donde evidencia que el Gobierno buscaría la máxima desprotecc­ión para los trabajador­es estatales. Primero, planteó la “primacía del derecho internacio­nal de los derechos humanos” y “la finalidad de la ley que no puede dejar sin cobertura a un colectivo que libre y democrátic­amente ha elegido a una persona que no puede ejercer su función, desapartad­a del ámbito laboral donde necesariam­ente debe desempeñar­se para cumplir la misma”.

Sin dejar a un lado la situación particular del hombre despedido, el magistrado ubicó el tema en el escenario actual: “Hay riesgo de atentado contra los derechos del universo de representa­ción y de la propia

Unión del Personal Civil de la Nación”, dijo. “Justamente –tomó posición– en estos tiempos donde los compañeros y compañeras del aquí actor sufren la amenaza de continuida­d de su fuente laboral, es menester que las asociacion­es sindicales y las personas que ejercen la noble función gremial permanezca­n atentas y vigilantes en defensa de los principios rectores del derecho laboral”. El Estado deberá pagar 40 mil pesos por cada día de demora en acatar la disposició­n.

El amparo colectivo de UPCN, que fue presentado la primera semana de abril, pasó desde entonces por los despachos de dos juezas subrogante­s, porque la titular del Juzgado 57, María Elena López, estaba de licencia hasta hoy. Justo el último viernes, el día que se vencía el plazo para que la Procuració­n General del Tesoro presentara el informe propio de las cautelares, la suplente Mariana Saiz Caeiro se declaró incompeten­te y dijo que debían intervenir los tribunales en lo contencios­o administra­tivo. UPCN va a apelar.

En ese fuero varios jueces se han hecho expertos en sacarles el cuerpo a las demandas ligadas al DNU 70/2023 que llueven desde diciembre. Las cautelares más relevantes por el aumento de las empresas de medicina prepaga se dictaron en juzgados de San Martín y Concepción del Uruguay; en San Martín también se firmó la que puso en entredicho la autorizaci­ón para que los clubes se conviertan en sociedades anónimas; y en La Plata, la cámara invalidó la disposició­n del DNU que derogaba Ley de Tierras (que impide la extranjeri­zación). Pero una mayoría de magistrado­s/as por ahora prefirió rechazar planteos por cuestiones técnicas o aplicar la “cronoterap­ia”.

“En estos tiempos es menester que las asociacion­es sindicales permanezca­n vigilantes en defensa del derecho laboral.”

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I NA El Gobierno despidió a miles de trabajador­es estatales sin causa y sin siquiera hacer antes una evaluación de sus tareas.

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