Cordobeses quieren crear el Clúster Argentino del Cannabis Medicinal
Apuntan a fundar un espacio para reunir a productores de aceite, médicos y laboratorios y crear “una industria nacional competitiva”. Se sumarían dos entidades norteamericanas.
Mientras se aguarda por la reglamentación de la Ley de Cannabis Medicinal (Ley 27.350) y en el marco de allanamientos, imputaciones y detenciones a referentes, médicos, cultivadores y químicos, sigue habiendo novedades en torno a los tratamientos en base a aceite cannábico.
Según pudo conocer este medio, un grupo de cordobeses ultima detalles para la conformación del Clúster Argentino del Cannabis Medicinal (CACM), un espacio con el que buscan unir a investigadores, científicos, médicos, laboratorios y productores de aceite de cannabis con fines medicinales. Sus intenciónes serían dar difusión y promoción para la producción y uso de aceite y comenzar a tejer estrategias para convertirse en proveedores del Estado. La salida a la luz de la iniciativa y el resto de los detalles, así como las identidades de quienes participarán en este espacio dependen de la aprobación de la reglamentación de la ley, algo que podría suceder en las próximas semanas, según afirmaron desde el propio Gobierno nacional.
Fines medicinales. Uno de los cordobeses que impulsa este nuevo espacio dialogó con PERFIL CORDOBA para confirmar la iniciativa y explicar los objetivos del Clúster: “estamos esperando la reglamentación, pero ya empezamos a trabajar en la conformación de la organización, la inscripción jurídica, una página web, los dominios. Somos un grupo interdisciplinar, algunos con perfil científico, otros con experiencia en asociatividad y cadenas productivas. No promovemos esto con fines festivos, sino para impulsar la actividad medicinal. Vamos a cuidar que el entorno sea ese con los controles y las certificaciones de calidad que hagan falta”, adelantaron.
Acta Constitutiva. Este medio tuvo acceso al Acta Constitutiva de lo que sería el primer clúster del cannabis. En ese documento, se define que el Clúster reunirá a “un grupo de personas interesadas en la concientización social del uso correcto del cannabis medicinal como derecho humano a la
salud. Asimismo, la creación de esta organización no gubernamental tiene como objeto reunir a todas las personas físicas y jurídicas interesadas en la problemática que plantea el uso del cannabis medicinal en la República Argentina”.
A manera de “Visión” y “Misión”, definen algunos ejes como: “Promover la creación de un industria nacional argentina privada para la investigación, cultivo y fabricación de cannabis medicinal para su inclusión y coordinación en los términos de la Ley 27.350 y sus decretos reglamentarios”. A la vez, detallan que “el Clúster Argentino del Cannabis Medicinal es el motor de la Industria productora de cannabis medicinal en Argentina y principal proveedor del Estado Nacional y nueva industria de exportación”.
¿Quiénes pueden participar del Clúster? El Acta Constitutiva de este espacio también tiene un apartado para referirse a esto. En ese sentido explica que “podrán ser miembros activos o adherentes todos quienes compartan los principios éticos y morales descriptos respecto del fin perseguido y que estén interesados o comprometidos en el mejoramiento de la salud de la población mediante la investigación, producción o difusión de los beneficios definidos por el Honorable Congreso de la Nación Argentina respecto del Cannabis Medicinal”.
Razones jurídicas. Los promotores del Clúster dejaron plasmadas en el Acta Constitutiva las razones jurídicas para respaldar esta iniciativa. Algunas de esos puntos son: 1) Que la Constitución Nacional - art. 75 en su inc. 22- ha incorporado una serie de tratados de derechos humanos de jerarquía constitucional, en los cuales establece derecho a la salud como un derecho humano inherente a la persona que el Estado debe reconocer y garantizar. 2) Que, asimismo, la Constitución de la Provincia de Córdoba en su art. 19, inc. 1, tutela al derecho a la salud y en su art. 59, por una lado, define al derecho a la salud; y, por el otro, establece al Estado provincial como principal garante de dicho derecho. 3) Que, en el presente año 2017, las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación Argentina sancionaron por unanimidad la Ley 27.350 y, por ende, han reconocido expresamente que el cannabis medicinal es una alternativa legalmente aceptada para el tratamiento de numerosas enfermedades. 4) Que el Clúster Argentino del Cannabis Medicinal no comercializa aceite cannábico medicinal u otros productos derivados, solo concientiza sobre el correcto uso medicinal bajo los términos de la Ley 27.350 y su ulterior reglamentación. “Tenemos mucha expectativa porque sabemos que hay mucha gente a la espera de esto, lo vemos en los pacientes. Estamos convencidos de que esto va a ser puesto en un marco de legalidad para que pueda tener impacto. Hay más de 6000 personas esperando por estos tratamientos”, remarcan desde el Clúster.