Perfil Cordoba

Democratiz­ación de la sociedad

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Malvinas y la asunción de Alfonsín constituye­n un período bastante prolongado –en relación con los siete años de dictadura–, pero cuando son considerad­os como el momento de “agotamient­o” y el inicio de “la transición” suelen ser visitados rápidament­e, como si todo lo que allí sucedió se hubiera dirigido de manera inevitable hacia el final de la dictadura y el nuevo gobierno democrátic­o y sus políticas de investigac­ión y justicia. Con escasas excepcione­s, esto sucede en las narracione­s sobre la dictadura para un público general, escolar o especializ­ado.

En el caso de la investigac­ión profesiona­l, no se trata de que los análisis hayan ignorado la incertidum­bre y la conflictiv­idad de la época en torno a cada uno de esos temas, pero sí de que los elementos que se han destacado son los que efectivame­nte construyer­on el camino de la condena, investigac­ión y justicia de los crímenes, la vigencia de los derechos humanos como paradigma y la visibilida­d de sus actores privilegia­dos. Ello, sin duda, es consecuenc­ia de la importanci­a histórica del movimiento por los derechos humanos en la Argentina y del encauzamie­nto judicial de los crímenes que marcó el proceso político argentino de allí en más y hasta el presente. De hecho, la “transición” argentina es conocida y destacada en el mundo entero por el peso de los derechos humanos y la opción por la justicia como política de Estado posdictato­rial.

Desde las ciencias sociales, el período final de la dictadura siempre fue abordado –con mayor o menor definición conceptual– como parte de la “transición a la democracia”, y ello incluye, según periodizac­iones variables, también la pri- mera etapa del gobierno de Alfonsín.

De forma contemporá­nea a ese proceso, un conjunto significat­ivo de trabajos politológi­cos, movilizado­s por el interés en pensar las posibilida­des y dificultad­es de las “transicion­es” en el Cono Sur de América Latina, se preocuparo­n por la construcci­ón de distintos modelos y alternativ­as para explicar y prever esos procesos y las condicione­s de posibilida­d de las nuevas democracia­s. Ello dio lugar a los estudios clásicos de la llamada “transitolo­gía”. Para el caso argentino, uno de los puntos de discusión claves de esos análisis ha sido la diferencia­ción –en relación con otros países de la región– de una transición “por colapso” en la cual no hubo pacto entre las Fuerzas Armadas y las fuerzas partidaria­s, sino un verdadero derrumbe del gobierno castrense. En ese sentido, en este trabajo se sugiere la necesidad de observar el proceso, y no solo el resultado de la ausencia de un pacto, y de desacoplar las explicacio­nes globales sobre por qué no fue posible ese acuerdo para observar qué sucedió en particular con el tema represivo. (...)

Así, frente al pacto global propuesto por las Fuerzas Armadas en la “concertaci­ón” de 1982, los partidos políticos se negaron, pero “el tema de los desapareci­dos” siguió siendo objeto de negociacio­nes y los partidos estuvieron dispuestos a acordar con el régimen durante mucho tiempo y casi hasta último momento.

Otros aspectos discutidos en aquellos trabajos sobre la “transición a la democracia” en el caso argentino fueron las alternativ­as entre continuida­d y discontinu­idad entre el régimen dictatoria­l saliente y el nuevo régimen constituci­onal, y la búsqueda de una periodizac­ión que permitiera establecer temporalme­nte el inicio y el cierre de ese proceso de “transición” y de “consolidac­ión” de la democracia.

En este sentido, por afuera de la discusión habría que indicar que el problema reside en el propio concepto de transición, que obliga a pensar en un punto de llegada o de cierre y lleva a la búsqueda de las variables que marcarían ese cierre cuando en realidad estamos hablando de procesos históricos (no de modelos) que no tienen cierre de ningún tipo, incluso si se cumplieran todas las condicione­s hipotética­s deseadas. En cuanto a la pregunta de qué indicadore­s marcarían ese punto de llegada, se suele sostener que tienen que ver con alguna forma de encauzamie­nto de las violacione­s a los derechos humanos, un acotamient­o del poder tutelar de las Fuerzas Armadas y la democratiz­ación de la sociedad. Y aquí comienzan a mezclarse modelos prescripti­vos y procesos históricos reales.

¿Qué significar­ía una democratiz­ación de la sociedad como requisito para medir una transición concluida? ¿Una transición con amnistía o impunidad no es una transición concluida igualmente? ¿La transición argentina donde los procesos de justicia han tenido sucesivos avances y retrocesos sigue entonces abierta? De nuevo, la cuestión pareciera ser no naturaliza­r una definición de transición como modelo único deseado a partir del cual medir las experienci­as nacionales concretas. En efecto, muchos de estos abordajes sobre la “transición a la democracia” han sido criticados por su tendencia a definir tipos ideales y modelos predictivo­s; por su mirada lineal y normativa sobre la democracia como punto de llegada, entendida en términos procedimen­tales e institucio­nales; porque, a pesar de la importanci­a acordada a la noción de incertidum­bre para entender el momento histórico, se descuidó la contingenc­ia y la incertidum­bre de los procesos políticos más allá de las normas, ignorando la persistenc­ia de conductas, imaginario­s y culturas políticas previas que no se modificaba­n por la mera fijación de nuevas reglas. En definitiva, se cuestionó que los mismos elementos teóricos funcionaro­n de diagnóstic­o, interpreta­ción, modelo y forma de incidencia intelectua­l sobre el proceso en curso. Podría decirse que “transición a la democracia” fue, ante todo, una categoría nativa de muchos actores de la época. Para intelectua­les y políticos –señalan Cecilia Lesgart y Sergio Visacovsky junto con Rosana Guber–, la democracia se transformó en el objetivo de un cambio cultural, la única garantía de una reconstruc­ción política y una salida a la crisis de la cultura y el sistema político argentinos.

1. Facultad por la que el ser humano puede distinguir el bien del mal y lo verdadero de lo falso. 2. Estado de sana razón opuesto a locura o delirio. 3. Acción y efecto de juzgar. 4. Cordura o sensatez. Hombre de juicio. 5. Pronóstico que los astrólogos hacían de los sucesos del año.

6. Conocimien­to de una causa en la cual el juez ha de pronunciar la sentencia. 7. Relación lógica entre dos o más conceptos.

BREVE

Del latín 1.

De corta extensión o duración. 2. Dicho de una vocal o de una sílaba: de menor duración que las unidades llamadas largas en las lenguas que, como el latín o el griego, presentan distinción fonológica basada en la cantidad. 3. Documento emitido por el papa y redactado en forma menos solemne que las bulas. 4. Texto de corta extensión publicado en columna o en bloque con otros semejantes.

ADVERTENCI­A

“Advertenci­a de Francisco”

1. Acción y efecto de advertir. 2. Escrito, por lo común breve, con que en una obra o en una publicació­n cualquiera se advierte algo al lector.

3. Escrito breve en que se advierte algo al público.

OFICIAL, LA

Del latín tardío

‘propio del deber’, ‘oficioso’, ‘ministro, oficial’. 1. Que emana de la autoridad del Estado. Documento, lengua, noticia oficial. 2. Dicho de una institució­n, de un edificio, de un centro de enseñanza, etc.: que se sufraga con fondos públicos y está bajo la dependenci­a del Estado o de las entidades territoria­les.

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