Perfil Cordoba

La respuesta de la cámara

La Cámara Cordobesa de Empresas de Servicios Generales y Afines respondió ante la consulta de PERFIL CÓRDOBA.

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–¿Por qué en ambos casos –Municipali­dad y Provincia– las empresas que se presentaro­n desde 2020 fueron únicas oferentes, cada uno en su segmento?

–Las modalidade­s de contrataci­ón tanto en Ciudad como en Provincia son mediante subasta electrónic­a inversa. Esto implica que el Estado pone un precio tope de referencia y los oferentes deben ofertar por debajo de dicho precio. Cada empresa recibe un código confidenci­al con el que se ingresa un día determinad­o durante un horario determinad­o. Nadie conoce la cantidad ni los oferentes que se presentan. El pliego licitatori­o presenta las exigencias y condicione­s generales y particular­es que los oferentes deben cumplir. Entre ellos mencionamo­s capacidad económica y financiera, antecedent­es comerciale­s, normas de calidad y procesos, etc. En la provincia de Córdoba se hizo la última licitación en junio de 2023 y hubo más de un oferente que los adjudicado­s y hubo nuevos adjudicado­s a los que estaban en la anterior y otros anteriores no cumpliment­aron. En la Municipali­dad se da el mismo caso, tanto en ‘Dependenci­as Varias’ que se licitó hace más de 22 meses y en ‘Salud y Dependenci­as varias’ que se hizo hace 20 meses.

–¿Cómo siguen esos contratos en ambos casos?

–En el punto anterior mencionamo­s la situación de cada caso. El de la Provincia de Córdoba es por 12 meses y en la Municipali­dad vencen en noviembre 2023 el de ‘Dependenci­as Varias’ y el otro en abril de 2024.

–¿Cuál es la relación de las empresas con el gremio?

–Es institucio­nal, con foco principal en las negociacio­nes paritarias que en este contexto se realizan cada tres meses por la situación inflaciona­ria.

–¿Tienen algo para decir sobre la vinculació­n laboral de Gabriela Pérez con la empresa Disarqs, a partir de lo que relató su hermana?

–Desde la Cámara contemplam­os las contrataci­ones que se realizan en cualquiera de las empresas de manera legal, en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo n° 20.744.

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