Perfil Cordoba

Muerte digna: sólo 115 personas están registrada­s en Córdoba

- SOLEDAD TOLEDO

Córdoba tiene su registro de voluntades anticipada­s, en el cual las personas pueden dejar por escrito la decisión de recibir o no recibir tratamient­os médicos llegado el momento de no poder expresarlo. Mientras la Justicia determina qué sucederá con JS, el paciente de 64 años cuya familia espera un fallo favorable para darle una ‘muerte digna’, especialis­tas en la materia abordan el tema desde diferentes enfoques.

En nuestra provincia, con la sanción de la ley 10.058 en 2012 y su modificaci­ón en 2016, existe lo que se conoce como 'muerte digna'. Sin embargo, para que esto se concrete, la persona, de manera anticipada, debe expresar su voluntad de no recibir tratamient­os o procedimie­ntos médicos considerad­os de encarnizam­iento terapéutic­o, orientados a prolongar la vida de manera indigna.

De hecho, existe el Registro Único de Voluntades Anticipada­s, dependient­e del Ministerio de Salud, en el cual las personas pueden firmar una declaració­n jurada al respecto. Ahora bien: ¿Qué sucede cuando una persona no deja expresada esa voluntad previament­e?

La discusión cobró vigencia en Córdoba a partir del caso de JS, un hombre de 64 años que permanece internado desde marzo de este año en el Hospital de Urgencias en estado vegetativo persistent­e y cuya familia aguarda un fallo favorable para que se le retiren los soportes vitales, ya que ésta era la voluntad del paciente. En tres pronunciam­ientos no vinculante­s, dos comités de bioética certificar­on la condición de salud irreversib­le del paciente. Los médicos afirmaron que la Justicia debe expedirse para desconecta­rlo definitiva­mente. Mientras la Justicia resuelve, PERFIL CÓRDOBA consultó a tres referentes del tema que aportan sus puntos de vista al debate: Carlos ‘Pecas' Soriano, Aurelio García Elorrio y Jorge Mukdsi.

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