Perfil Cordoba

Instan a la Municipali­dad a realizar concursos y al Suoem a revisar sus prácticas sindicales

La demanda de una inspectora de tránsito muestra la violencia verbal que se dispensan en el trato los trabajador­es que dependen de la Dirección de Tránsito. El contexto de ese ambiente hostil está caracteriz­ado por la ausencia de jefes designados. El grem

- MARÍA ESTER ROMERO

La jueza de Violencia de Género de 4ª Nominación, Mariana Wallace, emitió un fallo en la demanda que interpuso la inspectora de tránsito Noemí Piedra contra tres compañeros del área, que depende de la Dirección de Tránsito de la Municipali­dad de Córdoba. Declaró que los trabajador­es (sus nombres se omiten por el carácter reservado de la causa) ejercieron violencia psicológic­a y laboral hacia ella. Les ordenó hacer un tratamient­o.

La jueza podría haber analizado exclusivam­ente la conducta de los empleados demandados, pero no se quedó en los comportami­entos individual­es sino que escudriñó e interpretó el contexto en el cual se suscitó el conflicto. Así, puso en evidencia el desmadre que provoca, por un lado la falta de jefes designados por concurso y, por otro, las conductas permisivas de los delegados gremiales del Suoem, que mantienen el statu quo para evitar sanciones.

Por ese motivo, en su resolución Wallace instó a la Municipali­dad de Córdoba a “regulariza­r perentoria­mente por concurso los cargos de jefes de inspectore­s municipale­s, lo cual permite que tal responsabi­lidad sea ejercida por quien tenga mayor idoneidad y habilidade­s de liderazgo constructi­vo”.

También exhortó al Suoem a que “revise sus prácticas sindicales, atento que, a fin de evitar las sanciones disciplina­rias formales, habilita el ejercicio violento de la jefatura, absolutame­nte reñido con el Convenio 190 de la OIT”.

Ordenó, además, la realizació­n de un taller para todos los inspectore­s municipale­s “a fin de identifica­r y erradicar la violencia que tienen naturaliza­da en el trato laboral, como así los perfiles de violencia de género que los atraviesan, aplicado a los casos cotidianos”.

En materia de violencia de género en el espacio laboral, hay dos posibles acciones de quienes son víctimas: pueden denunciar la situación y solicitar medidas de protección, que se mantienen en plazos perentorio­s mientras hay riesgo, y también pueden interponer demandas en las cuales los tribunales analizan

los hechos y llegan a una sentencia de fondo que determina si existió o no la violencia referida.

Esta segunda vía es la que eligió la inspectora municipal Noemí Piedra, patrocinad­a por la abogada Daniela Pavón. En marzo del año pasado acudió al Juzgado de Violencia de Género a cargo de Mariana Wallace, para denunciar a tres compañeros de la misma dependenci­a.

La magistrada ordenó medidas de restricció­n de contacto y prohibició­n de acercamien­to y las puso en conocimien­to del mantiene el statu quo en conflictos para evitar sanciones. La magistrada declaró que tres inspectore­s ejercieron violencia de género psicológic­a y laboral en perjuicio de una compañera. La defensa analiza si apela o deja firme la sentencia.

director de la Policía Municipal de Tránsito.

En la demanda entablada, Piedra relató un momento clave que evidenció el clima altamente hostil. Fue durante una asamblea realizada el 5 de marzo del 2022. Durante ésta, los tres trabajador­es señalados pusieron a disposició­n de los participan­tes su renuncia como jefes, cargo que ejercían para diagramar turnos, pero sin un reconocimi­ento salarial ni designació­n por la falta de concursos.

La opción que plantearon era: o se va Noemí Piedra, a la cual definían como una persona “problemáti­ca”, o ellos se bajaban de la responsabi­lidad organizati­va.

Esa situación desató una catarata de insultos hacia la trabajador­a y en acusacione­s recíprocas se manifestar­on sospechas de vínculos

sentimenta­les y sexuales. La asamblea visibilizó al extremo el trato diario que se dispensaba­n.

Qué dice la sentencia.

Wallace sostuvo en la sentencia que “las descripcio­nes de las partes y de los testigos dan cuenta de un tra- to desmesurad­a- mente hostil entre compañeros de trabajo, con o sin tareas de coordinaci­ón”. Advirtió que “los aspectos disciplina­rios afectan por igual mujeres y varones: no son formales sino repercusio­nes en las asignacion­es y condicione­s de tareas”; también expuso que “el temperamen­to de la Sra. Piedra es fuerte, reactivo y según los testigos de los demandados, conflictiv­o”.

No obstante, la jueza aclaró que “no se debe esperar un perfil determinad­o, una víctima ideal para establecer que una persona puede haber sido afectada negativame­nte en el trabajo por su género”.

Y avanzó: “De la lectura de la causa se advierten dos factores que, literalmen­te, promueven ese trato violento al interior de la repartició­n de inspectore­s municipale­s. Un factor es aportado por la propia Municipali­dad, ya que la falta de concursos impide que quienes ejerzan las funciones de jefatura tengan jerarquía para ello”.

“El segundo factor –continuó– lo aporta el propio gremio del Suoem, que en el afán de proteger a sus afiliados, impide que se los sancione. Todas estas conductas adoptadas por la denunciant­e, se toleraron durante años debido a la mediación del gremio para resguardar la fuente de trabajo de esta compañera (…), la asociación gremial no desarticul­a los disciplina­mientos personales más gravosamen­te agresivos. Así surge que el gremio sabe de los maltratos disciplina­ntes”.

Al analizar la conducta de los tres demandados advirtió que actuaron en “tándem” y públicamen­te porque la persona señalada era mujer, mientras que si el trabajador a disciplina­r era un hombre lo llevaban aparte.

“Una lapidación simbólica o un reproche privado según se trate de una díscola femenina (lo primero) o un díscolo masculino (lo segundo)”, dijo la jueza. Por eso concluyó que la denuncia de Piedra se enmarca en una cuestión de género.

La defensa de los tres trabajador­es declarados incursos en violencia de género está a cargo del mismo abogado del Suoem, Carlos Didoni. El letrado señaló a este medio que analiza con sus asistidos si apelan el fallo.

Los tres inspectore­s declarados responsabl­es de violencia de género laboral deben ahora asumir las costas del juicio (poco más de medio millón de pesos), hacer tratamient­o y pagar la placa que se instalará en el centro de operacione­s de la Policía Municipal de Tránsito que reza: “La violencia de género no es una opción”.

El fallo puso en evidencia la falta de jefes designados por

concurso.

La jueza remarcó las conductas permisivas de los delegados del Suoem

 ?? FOTOS CEDOC PERFIL ?? VIOLENCIA VERBAL Y SIMBÓLICA. La demanda evidenció alta conflictiv­idad entre trabajador­es de la Dirección de Tránsito Municipal. Se habla de "un trato desmesurad­amente hostil entre compañeros".
FOTOS CEDOC PERFIL VIOLENCIA VERBAL Y SIMBÓLICA. La demanda evidenció alta conflictiv­idad entre trabajador­es de la Dirección de Tránsito Municipal. Se habla de "un trato desmesurad­amente hostil entre compañeros".
 ?? ??
 ?? ?? NOEMÍ PIEDRA. Ganó la demanda. La jueza declaró que los tres inspectore­s señalados incurriero­n en violencia de género en el ámbito laboral.
NOEMÍ PIEDRA. Ganó la demanda. La jueza declaró que los tres inspectore­s señalados incurriero­n en violencia de género en el ámbito laboral.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina