Flagrancias: estadísticas del 2023 mostraron números muy dispares entre las fiscalías
Evidencian criterios disímiles para ordenar y mantener prisiones preventivas. También diferente proactividad en el trabajo diario de fiscales y jueces. El registro relevó 934
Circula en los tribunales provinciales una estadística caliente. Por primera vez se midió una variable que da pautas sobre la actuación de cada uno de los fiscales de Instrucción y jueces de Control en los delitos en flagrancia, es decir los ilícitos que afectan a la ciudadanía por la inseguridad: robos y hurtos domiciliarios o de vehículos, agresiones, amenazas, tenencia de armas, en su gran mayoría.
El informe fue elaborado por una oficina que depende de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Incluye la cantidad de casos en los que se resolvieron –en audiencias orales o no– prisiones preventivas de personas detenidas mientras cometían ilícitos. Fueron 934 en total, de las 22 fiscalías de Instrucción de los cuatro Distritos en que está dividida la Capital.
Arroja pistas de la productividad, proactividad y criterios diferentes a la hora de solicitar y resolver. Y evidencia situaciones contradictorias.
Si se compara con datos del Ministerio Público Fiscal (MPF) sobre la cantidad de flagrancias que se relevaron el año pasado en la ciudad, el Distrito 1 que abarca la zona céntrica es el que tuvo más causas al concentrar el 33% del total (2.725 hechos). Sin embargo, es el que menos resoluciones de prisiones preventivas obtuvo: 141 en total.
La contracara es el Distrito 4 –abarca la zona noroeste de la ciudad y Sierras Chicas– con el 18% (1.468 hechos) de expedientes por flagrancias, donde hubo 289 resoluciones, más del doble.
Estos números, que también pueden analizarse al detalle relevando lo actuado por cada fiscal de Instrucción y cada juez de Control, deben interpretarse en el marco del ‘Plan piloto de oralidad de la prisión preventiva’ que se puso en marcha el año pasado.
Progresivamente, a lo largo de los meses, abarcó a los resoluciones de prisiones preventivas en audiencias o fuera de ellas entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre del año pasado. Algunas incluyeron abreviados con condenas. El tema es clave para evitar la ‘puerta giratoria’. El distrito con más flagrancias es el que menos audiencias pidió. Se viene el protocolo como política criminal del MPF.
cuatro Distritos en que está dividida la tarea de los 22 fiscales de instrucción, las dos fiscalías de Delitos Complejos, una Subrogante, dos de Delitos contra la Integridad Sexual, una de Cibercrimen, dos Anticorrupción y Penal Económico, tres de Narcotráfico y seis en Violencia Familiar y de Género.
Este informe periodístico analiza específicamente las
El Distrito 1 (centro) es el que tuvo más causas y menos
preventivas
El informe analiza 22 fiscalías de Instrucción y ocho juzgados
de Control
22 Fiscalías de Instrucción comunes de los 4 Distritos y los 8 Juzgados de Control respectivos, que es donde se palpa de primera mano el fenómeno de la flagrancia. Por lo tanto, excluye a las Fiscalías con competencias específicas.
Antes de que se pusiera como prioridad en política criminal la tramitación de este tipo de hechos, muchas veces se concedían las excarcelaciones y la investigación quedaba dormida en los cajones por resultar de poca monta o insignificante frente a otros delitos más complejos y graves. Eso, a la vez, generaba la denominada ‘puerta giratoria’ por la cual un delincuente era apresado, los fiscales ordenaban su liberación y no quedaban antecedentes penales asentaLos
dos en los registros. Reiteraba la conducta, pero nuevamente era liberado por carecer de antecedentes penales.
De ahí el interés en modificar ese derrotero, conociendo en cuántos expedientes realmente se actuó, tomando decisiones sobre los imputados aprehendidos mientras cometían delitos. La tramitación de este tipo de investigaciones es más ágil porque reúne la prueba, la víctima y el delincuente. Ese es el objetivo, imprimir celeridad en vez de cajonear las causas.
En los casos relevados el año pasado, el tiempo transcurrido entre la fecha de aprehensión del imputado y el dictado de la sentencia de condena mediante abreviado inicial ocurrió entre un mes y cuatro meses.
Entre el momento de detención en flagrancia de una persona y la audiencia oral para resolver la prisión, pasó en promedio un mes.
Una herramienta central es la audiencia oral. De ella, participa el detenido, su defensor, el fiscal que acusa y el juez que es el árbitro. La proximidad de todas las partes en un mismo momento está lejos de la frialdad del expediente escrito.
Los fiscales de Instrucción de los cuatro distritos solicitaron 326 audiencias en total. De ellas, 96 se transformaron en juicios abreviados iniciales. Es decir que hubo confesión de los imputados y acuerdos con condenas. Si una persona con antecedentes penales reincide en el delito, agrava su situación.