INCORPORAN LAS BICICLETAS EN EL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
El sistema de transporte público de bicicletas, creado por ley en 2007, tiene ahora toda una normativa que agrupa sus prescripciones. El Sistema de Transporte Público en Bicicleta, creado por ley en el año 2007, fue incorporado al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, para agrupar toda su normativa y prescripciones. Esta incorporación, como título 14°, fue propuesta por el diputado ClaudioPalmeyro(SP-BP)yobtuvodictamendelaComisiónparlamentaria de Tránsito y Transporte que preside el mismo legislador. La ley sancionada define el Sistema de Transporte Público en Bicicleta (STPB) como el “transporte urbano compuesto por varias estaciones de distribución y estacionamiento de unidades de bicicletas ubicadas en lugares estratégicos de la Ciudad, dispuestas para su alquiler, con el fin de ser utilizadas para transportarse dentro del ámbito de la Ciudad”. Y agrega que el STPB “tiene como objetivo la promoción del uso de la bicicleta como transporte saludable y respetuoso con el medio ambiente ycomométodoalternativoycomplementariodetransporteparareducir los niveles de congestión de tránsito”. Sobre los usuarios, se especifica que su acceso “se concreta a través de la adquisición del carnet de usuario, que es personal e intransferible. El mismo se tramita según lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación”. Para acceder al carnet de usuario se requiere: acreditar identidad y domicilio (con DNI); ser mayor de 18 años (o mayor de 16 con autorización de los padres) y abonar una tarifa que incluye el costo del seguro de responsabilidad civil. Con el carnet, los usuarios tienen derecho a acceder al sistema en cualquiera de sus estaciones y hacer uso del servicio, recibir información, solicitar y recibir asistencia frente a averías o inconvenientes relacionados con el uso del servicio. El usuario tiene la obligación de “asumir la guarda y custodia de la bicicleta que retira, quedando ésta bajo su exclusiva responsabilidad hasta su devolución” y “en caso de robo o hurto, realizar la correspondiente denuncia policial y presentarla de acuerdo al procedimiento que establezca la Autoridad de Aplicación”. Con estas bicis sólo se puede circular por la Ciudad, respetar las reglas de circulación y transportarse sin acompañantes.