PUNTOS SALIENTES DE LA NORMA
El Ministerio de Justicia y Seguridad comunica anualmente a la Legislatura y publica el Mapa del Delito y los datos del Sistema de Información para la Prevención del Delito y la Violencia (Siprec) y la Encuesta de Victimización. Todas esas herramientas conforman el "Sistema de gestión de información de seguridad pública".
Se crean los Foros de Seguridad Pública (FoSeP), uno por cada Comuna, para formular propuestas, evaluar, sugerir, participar del Siprec. Cada foro evaluará la actuación policial en su Comuna.
Se crea la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía, "órgano desconcentrado del Ministerio".
El Ministerio puede establecer un Servicio de Policía Complementaria y reglamentar sus condiciones, prestaciones y precios. Los servicios complementarios deben priorizar aquellos que tengan "interés público, tales como eventos masivos, deportivos, seguridad bancaria, en medios de transporte" y otros que defina la Autoridad de Aplicación.
Queda prohibido a los policías "participar en actividades políticas, partidarias, gremiales o sectoriales, o el desempeño de cargos electivos".
A los oficiales superiores y de dirección (de superintendente a subcomisario) se les exigirá títulos de grado (universitario); los oficiales de supervisión (inspector e inspector principal) deberán tener título terciario y los oficiales operativos deberán tener título secundario.
La Policía de la Ciudad se dividirá en 4 grandes especialidades: Seguridad; Investigaciones; Policía Científica y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Los agentes de control de tránsito y transporte quedan integrados al sistema de seguridad pública.