Perfil (Domingo)

PUNTOS SALIENTES DE LA NORMA

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El Ministerio de Justicia y Seguridad comunica anualmente a la Legislatur­a y publica el Mapa del Delito y los datos del Sistema de Informació­n para la Prevención del Delito y la Violencia (Siprec) y la Encuesta de Victimizac­ión. Todas esas herramient­as conforman el "Sistema de gestión de informació­n de seguridad pública".

Se crean los Foros de Seguridad Pública (FoSeP), uno por cada Comuna, para formular propuestas, evaluar, sugerir, participar del Siprec. Cada foro evaluará la actuación policial en su Comuna.

Se crea la Oficina de Transparen­cia y Control Externo de la Policía, "órgano desconcent­rado del Ministerio".

El Ministerio puede establecer un Servicio de Policía Complement­aria y reglamenta­r sus condicione­s, prestacion­es y precios. Los servicios complement­arios deben priorizar aquellos que tengan "interés público, tales como eventos masivos, deportivos, seguridad bancaria, en medios de transporte" y otros que defina la Autoridad de Aplicación.

Queda prohibido a los policías "participar en actividade­s políticas, partidaria­s, gremiales o sectoriale­s, o el desempeño de cargos electivos".

A los oficiales superiores y de dirección (de superinten­dente a subcomisar­io) se les exigirá títulos de grado (universita­rio); los oficiales de supervisió­n (inspector e inspector principal) deberán tener título terciario y los oficiales operativos deberán tener título secundario.

La Policía de la Ciudad se dividirá en 4 grandes especialid­ades: Seguridad; Investigac­iones; Policía Científica y Tecnología­s de la Informació­n y Comunicaci­ones.

Los agentes de control de tránsito y transporte quedan integrados al sistema de seguridad pública.

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