Incluyen sindicalistas en la figura de enriquecimiento
Entre sus modificaciones, el nuevo Código Penal contendrá incrementos de penas en corrupción, narcotráfico y enriquecimiento. Y también se ampliará el espectro de los sujetos que pueden ser considerados autores de los delitos de corrupción. Actualmente, son solo los funcionarios públicos, pero con la modificación “se está incorporando a todas las personas obligadas por la ley de ética pública a presentar declaraciones juradas patrimoniales. Como los titulares de las obras sociales”, detalló Borinsky sobre el tema enriquecimiento. Es decir, los sindicalistas que tengan ese cargo podrán ser investigados por este delito.
Respecto de la situación del aborto, Borinsky explicó que “el objetivo de la comisión es contemplar todos los intereses que están en juego: los derechos de la persona por nacer y también los de la libre disposición del cuerpo de la mujer”. En ese sentido, el aborto va a estar en el Código Penal, pero no va a ser punible cuando el caso del embarazo provenga de una violación o una agresión. “No estaba así claramente establecido, esto fue interpretación de la Corte Suprema en el fallo FAL y nosotros lo volcamos expresamente en la letra de la ley”, explicó. Ese es uno de los supuestos contemplados. El otro es del peligro de la salud para la mujer, que en el Código Penal actual era solo peligro para la salud física y que es algo que fue incorporado ahora y no pune el aborto”.
Borinsky explicó que “el proyecto que se aprobó en el Congreso dice que no va a ser punible hasta la semana 14. Y a partir de la semana 15 no va a ser punible si es por violación o por peligro para la salud. Pero (fuera de estas excepciones) a partir de la semana 15 sí va a serlo. “Pero la comisión fue un paso más allá porque se evalúa eximir la pena” en estas situaciones, que no están previstan en los casos de punibilidad de la ley que aprobó Diputados y que ahora debe tratar el Senado. Con lo cual, en este punto, la reforma del código es considerada superadora, para Borinsky.