Trabajo empezó a discutir un marco laboral para las apps
“¿Cuál es tu trabajo ideal? ¿Rappi, Glovo, PedidosYa?”. La pregunta no es de una publicidad de una de las apps de delivery. Se la hicieron a uno de los jóvenes que se acercó a la última ExpoEmpleo organizada por el Gobierno de la Ciudad en La Rural.
En un mercado laboral estancado, donde se destruyeron puestos de empleo formales y la creación de empleo estuvo enfocada en los cuentapropistas –monotributistas–, la figura del “autónomo” se impone en el modelo que quieren las apps para sus empleados, mientras que los trabajadores reclaman una relación de dependencia.
Esta semana el Gobierno convocó a una reunión para la regulación de la llamada “economía de plataformas”, o las apps sobre las que se discute si generan una relación de dependencia. En los ensayos de legislación a nivel global parece imponerse un camino intermedio: autonomía con protección social. En Colombia, por ejemplo, se presentará un proyecto de ley para que los trabajadores de apps tengan derecho a recibir prestaciones de salud y pensión.
“Tenemos que trabajar para regular las relaciones de trabajo”, reconoció en más de una oportunidad el ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica. Para la Organización Internacional del Trabajo, la negociación colectiva y la protección social son factores claves para tener en cuenta en la negociación.
Los encargados de discutir el tema a nivel local forman parte de la Comisión tripartita de Diálogo Social para el Futuro del Trabajo, un espacio formado por especialistas académicos, dirigentes gremiales y empresarios.
Bajo la idea de “trabajar sin horarios” y “ser tu propio jefe”, las plataformas resultaron un paliativo para la crisis de empleo joven.
Según los datos del Centro de Estudios Atenea en base al Indec, la tasa de desocupación para jóvenes varones de 14 a 29 años asciende a un 18,5%, y la de sus pares mujeres, a un 23,1% en el primer trimestre de 2019. En el Gran Buenos Aires, para los varones de hasta 29 años asciende a un 19,9% la tasa de desocupación y para las mujeres hasta esa misma edad, un 25,8%.
Fallo. En la Justicia también se suceden las idas y vueltas por la definición de las relaciones laborales en este sector y la seguridad de los trabajadores.
El viernes, la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó una medida cautelar que ordenaba a Rappi “desbloquear” a tres trabajadores –lo que equivale en los hechos despido, aunque no median contratos formales de trabajo– y que se había ordenado “reincorporar”. Pero el Tribunal de alzada la dejó sin efecto, alegando que “no hay elementos que demuestren un vínculo laboral entre las partes”, según remarcó la empresa.
Los trabajadores denunciaron que fueron “bloqueados” por integrar la Asociación de Personal de Plataformas (APP), aunque el sindicato no obtuvo hasta el momento el reconocimiento del Ministerio de Trabajo. La empresa argumenta que fue porque “cometieron actos violentos en la vía pública”.