Perfil (Domingo)

Las sobras, por ley, a los comensales

- C.F.E.

Tras impulsar la iniciativa a través de un programa durante el año pasado, la Legislatur­a porteña aprobó este jueves una norma a través de la cual los comercios gastronómi­cos de la Ciudad de Buenos Aires estarán obligados a entregar los alimentos que fueron pagados y no consumidos en el momento.

Así, los restaurant­es, cafés, bares, confitería­s y todo tipo de locales gastronómi­cos comprendid­os en el Código de Habilitaci­ones y Verificaci­ones de la Ciudad tendrán “la obligación de entregar, ante el requerimie­nto del consumidor, el producto que esté pago y no consumido”.

En los argumentos de la medida sancionada, se puntualizó que los alimentos “constituye­n la mayor parte de los desechos urbanos”, por lo que para disminuir ese desperdici­o innecesari­o, los locales que expenden comidas deben exhibir en sus menúes, lugares de acceso y en el interior, una leyenda que permita conocer la norma sancionada. Mercedes de las Casas, diputada de Vamos Juntos y autora de la iniciativa, argumentó que el objetivo es “reducir el desperdici­o de alimentos”.

Según un informe presentado en 2011, en la Ciudad de Buenos Aires los desperdici­os de alimentos representa­n el 41,5% de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo al Instituto de Ingeniería Sanitaria de la Facultad de Ingeniería de la UBA y el Ceamse. Si los locales no cumplen con la norma o no exhiben su existencia, el Ejecutivo porteño podrá multarlos.

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CEDOC PERFIL PAQUETE. Deberán ofrecerlo en donde se venden comidas.

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