Las sobras, por ley, a los comensales
Tras impulsar la iniciativa a través de un programa durante el año pasado, la Legislatura porteña aprobó este jueves una norma a través de la cual los comercios gastronómicos de la Ciudad de Buenos Aires estarán obligados a entregar los alimentos que fueron pagados y no consumidos en el momento.
Así, los restaurantes, cafés, bares, confiterías y todo tipo de locales gastronómicos comprendidos en el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad tendrán “la obligación de entregar, ante el requerimiento del consumidor, el producto que esté pago y no consumido”.
En los argumentos de la medida sancionada, se puntualizó que los alimentos “constituyen la mayor parte de los desechos urbanos”, por lo que para disminuir ese desperdicio innecesario, los locales que expenden comidas deben exhibir en sus menúes, lugares de acceso y en el interior, una leyenda que permita conocer la norma sancionada. Mercedes de las Casas, diputada de Vamos Juntos y autora de la iniciativa, argumentó que el objetivo es “reducir el desperdicio de alimentos”.
Según un informe presentado en 2011, en la Ciudad de Buenos Aires los desperdicios de alimentos representan el 41,5% de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo al Instituto de Ingeniería Sanitaria de la Facultad de Ingeniería de la UBA y el Ceamse. Si los locales no cumplen con la norma o no exhiben su existencia, el Ejecutivo porteño podrá multarlos.