Perfil (Sabado)

Energía admite que sólo la Corte definirá el litigio

- DYN

Se oficializó que no se pueden facturar ni siquiera los aumentos de hasta el 400% INTRINCADO

El gobierno nacional informó a la Justicia de La Plata que las empresas de gas no deben emitir facturas con aumentos, ante un nuevo pedido para hacer lugar a una medida cautelar que suspenda las tarifas con un tope de 400 y 500%.

Se trata de una respuesta al pedido de informes que solicitó el juez federal de La Plata Alberto Recondo, y luego de que la fiscal A na María Russo dijera que debía frenarse el aumento, aun con los topes fijados, porque no hubo audiencias públicas.

Según fuentes judiciales, la Procuració­n del Tesoro presentó una nota del Ministerio de Energía de la Nación para responder un pedido de informes del magistrado y ratificó la postura adelantada en los últimos días por el jefe de Gabinete, Marcos Peña, de no pagar las boletas con aumentos hasta que no se resuelva en tribunales el fondo de la cuestión.

El Gobierno aspira a que sea la Corte Suprema la instancia que defina si son válidos o no los aumentos.

En este marco, la Justicia Federal de La Plata rechazó una medida cautelar que pedía la suspensión de las resolucion­es del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y dio validez al aumento en la tarifa del gas con topes de 400 y 500%.

El fallo fue dispuesto por el titular del Juzgado Federal 4 de esta capital, Recondo, quien no hizo lugar al recurso presentado esta semana por la asociación civil Centro de Estudios Para la Igualdad y la Solidarida­d (Cepis).

“Rechazando la acción in-

El Gobierno lanzó en dos tramos durante el año un reajuste en el precio de la energía eléctrica y del gas, que impactó en las boletas de los hogares, especialme­nte en Capital y GBA.

La medida se judicializ­ó en todo el país, y finalmente derivó en que un fallo de La Plata trabara el alza de gas a nivel nacional.

La respuesta fue un tope oficial de 400% a los aumentos, medida que ahora fue desconocid­a porque el Gobierno espera que defina la Corte. terpuesta tendiente a obtener la suspensión de las Resolucion­es Nº 99/2016 y 129/2016 correspond­ientes al Ministerio de Energía y Minería”, señala el fallo de Recondo, atendiendo que el propio gobierno le hizo saber que ni siquiera el tope del 400% anunciado en su momento está vigente, porque la aspiración oficial es que tras la feria judicial la propia Corte Suprema de la Nación dé un marco global a los aumentos.

La Corte puede opinar tanto sobre un caso de la empresa Camuzzi de 2014, como sobre apelacione­s del propio oficialism­o sobre fallos en Chubut, Mendoza o Bariloche en los últimos meses.

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FOTOS: CEDOC PERFIL El Gobierno dice que el tope de 400% tampoco corre porque está todo suspendido.
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EXPEDIENTE­S.

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