Así devolverán Ganancias por el aguinaldo
A artir del 16 de agosto se podrá realizar el pedido online ante la AFIP para reclamar la devolución del impuesto a las Ganancias correspondiente al medio aguinaldo de 2016 y gestionar la excención al impuesto a los Bienes Personales. Se trata de dos beneficios introducidos dentro de la ley de blanqueo, cuyos detalles se aclararon en las resoluciones 3919 y 3920, publicadas hoy en el Boletín Oficial. Según lo dispuesto por la primera normativa, los contribuyentes deberán realizar un trámite online en el sitio web del ente recaudador, que estará habilitado a partir del 16 de agosto. A llí, los “contribuyentes c u m pl i d o r e s ”, t a l como se los presenta en el texto de la Ley 27.260, podrán solicitar ser eximidos del impuesto a los Bienes Personales en 2016, 2017 y 2018, mientras que quienes no estén alcanzados por ese tributo tendrán como beneficio la devolución del impuesto a las Ganancias. El trámite, que podrá ser realizado hasta el 31 de marzo de 2017, se efectúa en el sitio de la AFIP. Allí se deberá ingresar a la opción Características especiales, dentro del servicio de Sistema Registral, donde estará habilitado el espacio “Ley 27.260 - Beneficio contribuyentes cumplidores” para realizar las solicitudes. Para la gestión, será indispensable contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3.