Highton presentó un amparo para seguir en la Corte
La ministra de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco quiere seguir en el máximo tribunal, emulando el ejemplo del fallecido Carlos Fayt, más allá del límite de edad de 75 años que fija la Constitución reformada en 1994. En diciembre de este año, cumplirá la edad establecida para el retiro por lo que se sumaría una nueva vacante en la Corte. Sin embargo, la jueza presentó un amparo para declarar nulo el artículo constitucional y continuar en el cargo.
Según informó ayer el portal Infobae, que accedió al texto del amparo, Highton argumentó: “Debido a mi cargo y función como magistrado del supremo tribunal de la Nación Argentina, gozo de estabilidad vitalicia que el artículo 110 de la Constitución Nacional, sin limitación alguna, a los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores”. De esta forma, la decisión de la magistrada deja al Ejecutivo sin la posibilidad de nombrar a un nuevo juez en la Corte.
Para la jueza, el artículo que fija el límite de edad “es nulo de nulidad absoluta, en tanto alteró la inamovilidad de todos los jueces federales a partir del cumplimiento de una edad determinada, cuestión sobre la cual no tenía competencia esa Convención constituyente”.
El caso está ahora en manos del fuero Contencioso Administrativo, pero por su naturaleza debería terminar en la Corte Suprema. Tiene como antecedente la continuidad de Fayt en el cargo hasta los 97 años de edad. Pero hay una diferencia. El magistrado había accedido a la Corte en 1983, con la vuelta de la Democracia, y previo a la reforma de 1994. Ese fue el principal argumento utilizado para permitirle su continuidad, que prolongó hasta su renuncia, un día después de que Cristina Kirchner dejara el poder.
En el amparo, la magistrada realiza en cambio un ataque directo a la reforma al sostener que la misma “mancilló uno de los mecanismos protectorios que emanan de la forma republicana de gobierno: la inamovilidad de los jueces y la intangibilidad de sus remuneraciones como garantía de independencia del Poder Judicial”.