El vacío legal de la subrogación de vientres
Si bien la gestación por sustitución se planteó en el Anteproyecto del nuevo Código Civil y Comercial, no entró por la oposición que presentó la Iglesia al debate. Y quedó en medio de un vacío legal, ya que no está prohibida pero tampoco regulada. “La realidad demuestra que sin ley se hace igual, y que las mujeres gestantes están desamparadas, sin resguardo legal, lo que en definitiva, perjudica también al niño que nace de esta técnica y a quienes quieren ser padres”, explica María Herrera, inves- tigadora del Conicet y abogada especialista en el tema, que además participó de la redacción del nuevo Código. Desde el año pasado hay en el Congreso un proyecto de ley para regular esta técnica y crear un registro de nacimientos por esta vía (que no existe). Todavía no fue tratado. En lo que respecta a los vacíos legales, lo más preocupante refiere a la filiación: con quién genera vínculo jurídico el niño, ya que en el país se considera madre a quien da a luz, por lo que, en estos casos, sería la gestan- te. “Pero si a lgo no acontece en la gestación por sustitución es eso, ya que la filiación se debería generar con la persona o pareja que tiene la voluntad procreacional, es decir, los que quieren ser padres. Por eso se debe apelar a la Justicia”, explica Herrera. Incluso, en esta técnica se suele utilizar donación de óvulos, por lo que la gestante ni siquiera comparte material genético con el niño que nace.
Actualmente hay 17 casos j udicializados, y uno que llegó a la Corte Suprema.