Perfil (Sabado)

El vacío legal de la subrogació­n de vientres

- J.H.

Si bien la gestación por sustitució­n se planteó en el Anteproyec­to del nuevo Código Civil y Comercial, no entró por la oposición que presentó la Iglesia al debate. Y quedó en medio de un vacío legal, ya que no está prohibida pero tampoco regulada. “La realidad demuestra que sin ley se hace igual, y que las mujeres gestantes están desamparad­as, sin resguardo legal, lo que en definitiva, perjudica también al niño que nace de esta técnica y a quienes quieren ser padres”, explica María Herrera, inves- tigadora del Conicet y abogada especialis­ta en el tema, que además participó de la redacción del nuevo Código. Desde el año pasado hay en el Congreso un proyecto de ley para regular esta técnica y crear un registro de nacimiento­s por esta vía (que no existe). Todavía no fue tratado. En lo que respecta a los vacíos legales, lo más preocupant­e refiere a la filiación: con quién genera vínculo jurídico el niño, ya que en el país se considera madre a quien da a luz, por lo que, en estos casos, sería la gestan- te. “Pero si a lgo no acontece en la gestación por sustitució­n es eso, ya que la filiación se debería generar con la persona o pareja que tiene la voluntad procreacio­nal, es decir, los que quieren ser padres. Por eso se debe apelar a la Justicia”, explica Herrera. Incluso, en esta técnica se suele utilizar donación de óvulos, por lo que la gestante ni siquiera comparte material genético con el niño que nace.

Actualment­e hay 17 casos j udicializa­dos, y uno que llegó a la Corte Suprema.

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