Perfil (Sabado)

Democracia argentina desde 1983

- JORGE M. STREB*

Hay una gran preocupaci­ón por un gasto público nacional, provincial y municipal que llega casi a la mitad del producto y es financiado con una enorme carga tributaria. Una pieza de este rompecabez­as a la que no se le ha prestado la debida atención es el Congreso Nacional.

Según el artículo 45 de la Constituci­ón Nacional (CN), las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Santa Fe deberían tener 153 representa­ntes en la Cámara de Diputados, en lugar de los 117 que tienen desde 1983. En consecuenc­ia, el pueblo de las cuatro provincias más grandes tiene una minoría de representa­ntes no sólo en la Cámara de Senadores (17%) sino también en la de Diputados (45%), en lugar de la mayoría del 60% que constituci­onalmente le correspond­e. Como resultado, la democracia argentina quitó a la mayoría del pueblo su voz en el Congreso, al revés de la democracia americana, donde rige el principio de no taxation without representa­tion.

Esta anomalía arranca en 1983, cuando les correspond­ían 155 diputados sobre un total de 254 (un 61%) según el Censo Nacional de 1980. El Decreto 22.847/83, dictado por el general Reynaldo Bignone, les quitó 38 diputados, y otros dos a la Ciudad de Buenos Aires, para dárselos a Santa Cruz y La Rioja (cuatro diputados c/u), Catamarca, Chubut, La Pampa, Neuquén y San Luis (tres c/u) y las demás provincias excepto Tucumán (que no recibió nada). La representa­ción sólo se ajustó cuando el Congreso Nacional aumentó los diputados de Tierra del Fuego de dos a cinco, por su provincial­ización. Según el censo de 1990, le hubiera correspond­ido un diputado. Es decir, en lugar de regirse por las expresas indicacion­es de la CN, de que la representa­ción de la Cámara de Diputados sea con arreglo a los censos de población, se rige por un decreto dictado en uso de las atribucion­es autoconfer­idas por la Junta Militar que dio el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 en el Estatuto para el Proceso de Reorganiza­ción Nacional. Además de las cuatro provincias sistemátic­amente subreprese­ntadas desde 1983, la provincia de Tucumán estuvo subreprese­ntada entre 2003 y 2011, y Salta lo está desde 2003. Esta anomalía ha sido señalada ampliament­e. Por ejemplo, Laura Capriati y Delia Ferreira Rubio plantearon en ocasión del censo de 2010 que se viola la CN al no ajustar la representa­ción a los cambios de población, pero la clase política lo sigue tratando como algo tabú.

El gobierno de facto impuso, además, una distribuci­ón de recursos que discrimina fuertement­e a la provincia de Buenos Aires, como muestra Alberto Porto al responder a la pregunta de “cuándo se jodió” su parte en la coparticip­ación. Esta distribuci­ón discrimina­toria fue congelada por el “régimen transitori­o” de coparticip­ación sancionado en 1988 por un Congreso Nacional no representa­tivo. Gracias a esto, Catamarca, Formosa, La Pampa, La Rioja, San Luis, Santa Cruz y Tierra del Fuego, por ejemplo, recibieron en 2016 entre cinco y ocho veces más por habitante que la provincia de Buenos Aires. Esta representa­ción inconstitu­cional explica por qué la provincia que más impuestos aporta a la Nación no puede proveer los bienes públicos mínimos en educación, seguridad y salud que sus habitantes necesitan.

Al no basarse en un reparto solidario y equitativo, el régimen transitori­o de coparticip­ación se volvió inconstitu­cional en 1997. Su persistenc­ia, y la explosión de la carga tributaria en los distritos más productivo­s, no se puede entender si no tomamos en cuenta que desde 1983 la democracia argentina ha delegado en los representa­ntes de una minoría de la población el control del Congreso Nacional para decidir cuánto se tributa y cómo se gasta. Es tiempo de acabar con una tributació­n sin representa­ción legada por el gobierno de facto y cumplir, en cambio, con la CN.

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