Las PPP, con tribunales afuera
El Gobierno ayer sumó dos nuevos beneficios para los fondos de inversión que participen de los proyectos de Participación Público Privada (PPP), el régimen que impulsa el oficialismo para financiar obras de infraestructura. Mediante dos decretos publicados en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo los dejó exentos del impuesto al valor agregado (IVA) y autorizó el recurso de acudir a tribunales extranjeros en caso de litigio. El decreto número 300, publicado esta mañana en el Boletín Oficial, dispone que el tratamiento impositivo para los fondos de PPP será el establecido en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Ne- gociables, que determina “la exención del impuesto a las ganancias y del impuesto a los beneficios eventuales”. Además de la exención del IVA, el Poder Ejecutivo incluyó en otro decreto, el 299, el “arbitraje con prórroga de jurisdicción como mecanismo de solución de controversias” para los contratos de PPP que resulten de la adjudicación de mejora de corredores viales nacionales. Esta inclusión permitirá que, en caso de que el adjudicatario tenga accionistas extranjeros, pueda concurrir a “tribunales arbitrales extranjeros con sede en un Estado que sea parte en la Convención sobre Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias (Nueva York).