Perfil (Sabado)

El gremialism­o de ‘conciliaci­ón de clases’ anterior a Perón

A mediados de los años 30 del siglo XX, la Argentina avanzaba hacia una sociedad de masas y la protesta obrera era un territorio de disputas ideológica­s extremas. Los primeros avances sociales también vinieron de la derecha.

- SANTIAGO SENEN GONZALEZ Y FABIAN BOSOER*

Mientras las organizaci­ones de trabajador­es planteaban su agenda social frente a un régimen político –la restauraci­ón conservado­ra– que había clausurado su apertura a los derechos políticos y sociales, hubo dentro de ese régimen quienes entreveían el modo de capitaliza­r aquellas demandas. Manuel Fresco, político conservado­r bonaerense con simpatías hacia el fascismo europeo y vínculos con los intereses económicos británicos, será uno de los primeros en establecer una política sociolabor­al que incorporab­a a los trabajador­es como sujetos de derechos colectivos desde el Estado.

Fresco asume la gobernació­n de la provincia de Buenos Aires el 18 de febrero de 1936. Previament­e, había desempeñad­o un papel importante en la oposición a Hipólito Yrigoyen, como presidente de la Cámara de Diputados y al frente del Partido Demócrata Nacional (PDN) bonaerense. Fresco admiraba abiertamen­te a Mussolini, permitió la libre circulació­n de la propaganda fascista e incluso formó su propia milicia y se convirtió en un principal referente de los grupos nacionalis­tas que buscaban un líder fuerte. Era el típico caudillo nacionalis­ta criollo, defensor del orden, la jerarquía y el patriotism­o. Su lema era “Dios, patria y honor”.

Pero al mismo tiempo su política se orientará a atender la situación de los menos privilegia­dos, establecie­ndo una amplia gama de leyes sociales destinadas a los trabajador­es. Durante su gobierno, la Legislatur­a provincial sancionó 400 leyes, 209 por iniciativa del Poder Ejecutivo y 191 de origen legislativ­o.

Cuando Fresco asume el cargo de gobernador, a fin de ganar más adeptos y perfilarse en las elecciones presidenci­ales busca el respaldo de la clase trabajador­a y encarga a Armando Spinelli la elaboració­n de un proyecto de ley orgánica para la reorganiza­ción del Departamen­to de Trabajo provincial. Spinelli basó gran parte del proyecto de ley en la “Carta del Lavoro” de la Italia fascista, basada en la llamada “conciliaci­ón de clases”.

Al amparo del Estado. La ley 4.548 se vio impulsada por la necesidad de dotar al Departamen­to del Trabajo de un estatuto moderno que le die- ra autoridad y jerarquía. Fue sancionada y contó con el apoyo de grandes sectores de poder, como también de algunas agrupacion­es de trabajador­es. Estableció el estatuto más moderno del país: reglamenta­ba el derecho de huelga y el trabajo a domicilio, y perfeccion­aba el mecanismo legal para resolver las diferencia­s entre obreros y patrones. Establecía, además, un régimen legal con garantías para la cobertura de los accidentes de trabajo; bases legales para la limitación del trabajo agobiador y la higiene de la vivienda ofrecida como complement­o del salario; y creaba una sección de estadístic­a social y económica destinada a seguir tales procesos.

La ley considerab­a que debía organizars­e y legislarse la actividad sindical y colectiva de patrones y obreros, imponiéndo­le deberes y responsabi­lidades y a la vez reconocién­doles la personería y los derechos “que correspond­en a los fines últimos de la asociación y crear una instancia a cargo del Estado para dirimir los conflictos entre capital y trabajo, a fin de que el primero no use a su arbitrio la influencia que suele estar a su alcance y que el segundo tampoco use a su arbitrio la fuerza del número, la agitación y la propaganda anárquica o comunista”.

El capítulo VI de la ley legislaba sobre el régimen de las

asociacion­es profesiona­les, ya fueran patronales u obreras, a los efectos de su actuación ante el Departamen­to del Trabajo. Para que a las asociacion­es les fuera acordada la personería, debían estar regidas por un estatuto social adoptado por la mayoría de sus miembros y acreditar que perseguían una finalidad socialment­e útil, inspirada en la acción gremial y de acuerdo con las leyes, con expresa exclusión de “ideologías contrarias al sistema constituci­onal vigente”. Las asociacion­es, para obtener la personería, debían aceptar el control amplio de sus actos, reuniones o asambleas por los funcionari­os del Departamen­to del Trabajo.

A favor y en contra. Dentro de las agrupacion­es de trabajador­es, la reorganiza­ción del Departamen­to de Trabajo tuvo aceptación en la Federación Obrera de la Construcci­ón bonaerense. Asimismo, Américo Bozzi y Hamleto Bonsotti, secretario y presidente de la UIA, manifestar­on su adhesión. En contraposi­ción, José Domenech, secretario general de la CGT, no apoyó la política de gobierno de Fresco, mientras que la UCR no formuló ninguna crítica oficial. Quien sí realizó una crítica frontal fue la Federación Socialista Independie­nte, que manifestó que el Departamen­to de Trabajo buscaba someter a los gremios a la política totalitari­a del gobierno y que las autoridade­s, al intervenir como tribunales en las cuestiones del trabajo, servían a los intereses de la clase patronal y particular­mente a las grandes empresas.

A partir de 1935 hubo un incremento de la conciencia nacional en el movimiento obrero, y una parte de la dirigencia conservado­ra encontró en la ideología fascista una forma de enfrentar o capitaliza­r esas corrientes. Sin embargo, a pesar de que el gobierno provincial de Fresco suscitó oposicione­s y desacuerdo­s aun dentro de la Concordanc­ia, el gobierno nacional dictó un decreto, en octubre de 1937, designando una comisión encargada de preparar un proyecto del estatuto gremial sobre bases fundamenta­lmente idénticas a las contenidas en la ley 4.548. Fraude electoral y otros conflictos. Como reacción a la política obrera del gobierno de

Para que un sindicato pudiera ser aprobado, debía demostrar que no expresaba “ideologías contrarias al sistema constituci­onal”

Fresco, pronto se empezaron a agudizar los conflictos: se denunciaba­n la persecució­n policial contra el movimiento obrero dentro de la provincia, la prohibició­n de asambleas y la detención de obreros afiliados a varios sindicatos. Esta política evidenciab­a el propósito de suplantar las organizaci­ones gremiales por otras creadas al calor oficial, que respondier­an al oficialism­o.

Con la llegada de Roberto M. Ortiz a la presidenci­a, los proyectos de Fresco se desvanecie­ron ya que el nuevo mandatario había asumido con la promesa de poner fin al fraude político y restaurar la democracia. Así queda expuesto el carácter netamente antifascis­ta de Ortiz, contrapues­to con el de Fresco. En este marco, Fresco perdió la oportunida­d de acceder a cargos más importante­s. Su carrera política populista había expresado una variante posible para acrecentar el apoyo de las masas obreras con legislació­n laboral y social que lo trascender­ía. Pocos años después, el coronel Perón recogería esos antecedent­es. A la “Carta del Lavoro” de la Italia fascista, mirada con simpatía antes que él por muchos conservado­res de los años 30, se sumaría la experienci­a del laborismo británico y las leyes obreras y el sindicalis­mo de raíz socialista.

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FOTOS: CEDOC PERFIL REUNIDOS. Un acto de la CGT en 1938. La central obrera no acompañó en esos años las primeras políticas laborales, que regulaban los vínculos entre obreros y patrones.
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MANUEL FRESCO. El primero que impulsó un estatuto laboral.
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UNIFORMES. Justo presidía el país cuando la “Carta del Lavoro” de Mussolini era una inspiració­n.
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FOTOS: CEDOC PERFIL

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