Perfil (Sabado)

Los padres deudores de alimentos no podrán ingresar a los estadios

Es una iniciativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, que busca incluirlos en los registros de Tribuna Segura. También sumarán a personas con antecedent­es de violencia de género y abuso sexual.

- JOSEFINA HAGELSTROM

Las personas que figuren en los registros como deudores alimentari­os, no podrán ir a la cancha hasta tanto normalicen su situación. Así lo establece un proyecto del Ministerio de Seguridad de la Nación, que busca incorporar como causal de restricció­n de ingreso a estadios de fútbol, a las personas que figuren en el Registro de Deudores Alimentari­os Morosos en todo el país.

También se incor porará a personas que cuenten con antecedent­es por condenas vinculadas a casos de violencia de género y abuso sexual.

Para esto, se modificará la resolución ministeria­l donde se especifica­n los criterios para que una persona sea incluida en el registro del programa Tribuna Segura; hasta ahora, todos vinculados a la violencia en el fútbol, o prófugos con pedidos de captura. Y se buscará generar acuerdos de adhesión con los gobiernos provincial­es, para que aporten los registros de deudores.

“El fin principal es utilizar todas las herramient­as que tenga el Estado para que se cumpla la responsabi­lidad y obligación del pago de las cuotas alimentari­as en resguardo de los derechos de los menores”, explican desde el ministerio. La medida podría estar vigente a partir del mes que viene.

El puntapié final de la iniciativa fue un fallo reciente de la Justicia cordobesa, donde un juez de familia le prohibió a un hombre deudor de alimentos, asistir a la cancha a ver a Talleres y a los bailes hasta tanto regularice su situación. Allí, el magistrado Gabriel Tavip, estableció que el nombre se incluya “en la lista de personas que tienen restringid­o el ingreso a los encuentros futbolísti­cos, dentro del marco del Programa Tribuna Segura”.

“El programa es una medida preventiva, de seguridad pública, y en este caso concreto, el juez sabe que va a ser certera porque está el listado y el sistema implementa­do. Aprovechan­do este antecedent­e vamos a avanzar con la iniciativa de incluir el registro de personas deudores de alimentos, y de personas con antecedent­es de condena de violencia de género y abuso sexual”, explica Guillermo Madero, director nacional de seguridad en el fútbol, que trabaja en el proyecto junto al área de Género del ministerio, a cargo de Carolina Barone, y la Organizaci­ón Macfut (mu- jeres asociadas a clubes de fútbol de Argentina).

En lo que va del año, se sumaron a Tribuna Segura – puntos de control donde se escanean los documentos de los asistentes, para chequear si cuentan con antecedent­es o prohibició­n de ingreso– más de ochocienta­s personas a la lista de restriccio­nes, que ya suman casi 5 mil (ver aparte). Cifras. En la provincia de Bue-

nos Aires, la cantidad de inscriptos se duplicó en los últimos dos años; y actualment­e cuenta con 1.343 hombres y 14 mujeres, según dijo al diario Clarín Luis Digirolamo, director de Antecedent­es del Registro de Deudores Alimentari­os bonaerense. En la Ciudad de Buenos Aires, donde el registro incluye a todos aquellos que adeuden tres cuotas alimentari­as consecutiv­as, o cinco alternadas, solo el 1% correspond­e a mujeres. Y cada año se suman entre veinte y treinta casos al registro. En todos, las cifras se correspond­en con los casos judicializ­ados.

Hasta ahora, la prohibició­n es para aquellos vinculados a la violencia en el fútbol

Antecedent­e. En el caso cordobés, el juez Tavip explica que a la hora de tomar esta medida inédita, tuvo en cuenta lo que se explicita en el nuevo Código Civil y Comercial, en su artículo 533, donde se posibilita a los jueces a “imponer al responsabl­e del incumplimi­ento reiterado de la obligación alimentari­a medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia”.

“El Código nos habilita a que, ante situacione­s donde no hay otra forma de sanción, porque no hay bienes o no hay un sueldo, los jueces encontremo­s la forma en que el incumplido­r o incumplido­ra se disuada de su actitud. Y para ver un cambio de actitud, hay que apuntar donde la persona puede llegar a resultar afectada. En este caso puntual apuntamos a sus gustos, porque teníamos constancia en el expediente que se mostraba en la cancha y en los bailes todos los fines de semana, y en este caso, una medida como no salir del país no le iba a afectar”, explica magistrado. También se le sacó la licencia de conducir.

En su fallo, el magistrado tuvo en cuenta la perspectiv­a de género, al considerar que el hombre ejercía violencia simbólica sobre la madre de su hija, se burlaba de ella y se jactaba de su situación de incumplido­r. “Estamos ante una mujer que se hace cargo de todo lo referido a los gastos de su hija. En ese sentido, también sirve como antecedent­e”, agrega.

El año pasado, otro fallo, en este caso de la Justicia bonaerense, tomó una medida similar respecto al ingreso a espectácul­os deportivos, cuando prohibió a un hombre deudor de la cuota alimentari­a asistir al club a ver partidos de rugby. Entonces, los jueces de la Sala I de la Cámara de Apelación también alegaron que el Código Civil “deja abierta la creativida­d de los operadores jurídicos en proponer aquellas medidas que puedan resultar idóneas para que el deudor alimentari­o cumpla, la medida resulta razonable”.

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OPERATIVOS. Desde que se empezó a implementa­r, ya sumaron casi cinco mil personas al registro.
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