Crédito Fiscal para Capacitación
El programa busca promover la capacitación de los recursos humanos de las pymes. Para ello permite que las pequeñas o medianas empresas obtengan reintegros por sobre la inversión que realicen en la capacitación de sus empleados o dueños. La formación puede desarrollarse en una Universidad (pública o privada) u otra institución inscripta como Unidad Capacitadora en el programa. El reintegro puede ser de entre el 40% y hasta el 90% de la capacitación, siempre que el beneficio máximo al que accedan no supere el 8% de la masa salarial anual de la empresa. Se hará mediante la emisión de un bono de Crédito Fiscal, que luego podrán aplicar al pago de cualquier impuesto nacional (IVA, ganancias, anticipos, Bienes Personales, impuestos internos). Además, el bono se puede endosar. Para acceder al beneficio, la pyme deberá presentar una solicitud de reintegro por actividades de capacitación completando el “Formulario de Presentación de Proyectos” disponible en la página web del Ministerio de Industria (www.accionpyme.mecon.gob.ar/dna2/ login.php), mediante la utilización de la clave asignada al momento de inscripción. El Proyecto será evaluado y en el caso de resultar viable se pre-aprobará y notificará a las empresas mediante sistema informático y/o correo electrónico, requiriéndose a las empresas solicitantes la presentación de la documentación respaldatoria. De no resultar viable, también se comunicará por la misma vía a la compañía las causas y recomendaciones para su reformulación. Observar que están excluidas del régimen las que desarrollen alguna de las siguientes actividades: financieras, inmobiliarias (compra, venta y/o alquiler), corredores de títulos, empresas de seguros privadas de capitalización, entidades de pensión privada abierta, prestadores de servicios profesionales. El llamado 2015 del programa estará disponible para la presentación de nuevos proyectos a partir de los primeros meses del año. Para más información, visitar la página web: