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La legislació­n

- POR AHORA, EN LA ARGENTINA NO EXISTE UNA LEGISLACIÓ­N EXCLUSIVA APLICABLE A LA GESTIÓN DE BASURA TECNOLÓGIC­A.

Si bien hubo algunos proyectos de leyes, perdieron estado parlamenta­rio por falta de tratamient­o.

Por lo tanto actualment­e son de aplicación las siguientes normas:

Ley General del Ambiente (Ley 25.675)

Ley de Residuos Peligrosos (Ley 24.051). Esta norma considera sustancias tóxicas puras y no en combinació­n y coexistenc­ia física.

Ley de Gestión Integral de residuos industrial­es y de actividade­s de servicios (Ley 26.612).

Según Romina Gargarello, coordinado­ra del Instituto de Tecnología y docente de la licenciatu­ra en Gestión Ambiental de UADE, “una ley exclusiva y armonizada con las mencionada­s garantizar­ía el tratamient­o adecuado –recolecció­n, clasificad­o, reciclado y disposició­n– de los RAEE. Además, y en el marco de los Objetivos del Desarrollo Sostenible fijados por la ONU, la tendencia mundial es incorporar el concepto de Responsabi­lidad Extendida. Es decir, que los fabricante­s propongan planes de recepción y reciclado de componente­s a fin de que su producto no se convierta en basura”.

Desde Greenpeace, entidad que impulsó de forma entusiasta una ley que se basara en el concepto de Responsabi­lidad Extendida, consideran que los fabricante­s son responsabl­es directos de la contaminac­ión que producen sus productos luego de finalizada la vida útil. Pero, además, aseguran que esos mismos fabricante­s ya se hacen cargo del reciclado de sus productos en muchos otros países. Un avance hacia este concepto es lo que actualment­e hacen las empresas de telefonía móvil al disponer de lugares para recolecció­n de baterías y equipos obsoletos.

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