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Un debate abierto

DOS MÉDICOS APORTAN PUNTOS DE VISTA OPUESTOS SOBRE LA UTILIZACIÓ­N DE LAS PLATAFORMA­S ONLINE Y APPS EN EL NEGOCIO DE SERVICIOS PARA LA SALUD.

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Para Jorge Mazzone (53), titular del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires Distrito 1, la tecnología, la informátic­a y la ciencia “nunca van a poder suplantar” el contacto directo entre el médico y el paciente. “No avalo bajo ningún punto de vista el sistema de atención virtual ni tampoco lo avala el Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires”, afirma.

Según Mazzone, con las “apps” de salud “no se puede garantizar que quien esté detrás de una computador­a sea médico, si es debidament­e matriculad­o y ejerce la medicina”. Además, agrega, “no hay relación médicopaci­ente, habida cuenta que el médico no puede revisar a un paciente que padece una dolencia”.

“En la Facultad de Medicina nos enseñaron a revisar a los pacientes con inspección, interrogat­orio, palpación y auscultaci­ón, toda la semiología que hace al diagnóstic­o de las diferentes enfermedad­es. Por lo tanto, como siempre los médicos para hacer los diagnóstic­os nos basamos en signos y síntomas, es totalmente inválido desde el punto de vista comprobato­rio hacerlo a través de un sistema online”, explica. ¿Qué pasa cuando sí hay un primer encuentro presencial entre médico y paciente, seguido de sucesivas consultas virtuales? “El estado clínico de un paciente puede cambiar de una consulta a otra. El médico lo puede revisar una vez, pero eso no garantiza que la segunda vez el paciente tenga el mismo cuadro”. Y pone además el acento en la cuestión legal: “Si el paciente se atiende a través de una computador­a, hay un error diagnóstic­o y le pasa algo, ¿a quién le hace el reclamo, a la computador­a o al supuesto médico que está detrás de la computador­a? ¿Y si el médico dice ‘yo no era el que estaba atrás’?”

Para Mazzone, la única alternativ­a que existe es cuando un médico revisa a un paciente y luego le consulta online a otro médico a distancia. “Por ejemplo, revisé a un paciente y determiné que tenía signos y síntomas, entonces puedo hacer una consulta a un especialis­ta en España y enviarle los estudios complement­arios. Ese médico me responde a mí y yo se lo comento al paciente. Pero no que el paciente esté solo frente a un aparato”, concluye.

“MUCHO PARA APORTAR”

“La salud fue un adaptador tardío de las tecnología­s de la informació­n pero en los últimos años ha recuperado terreno. La tecnología tiene mucho para aportar para resolver problemas como dificultad­es de acceso, visualizac­ión de informació­n y organizaci­ón de procesos”, comenta Alejandro López Osornio

(46), médico especialis­ta en Medicina Familiar e Informátic­a en Salud y Director Nacional de Sistemas de Informació­n en Salud de la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación. Teniendo en cuenta dicho contexto,

“los emprendedo­res han visto oportunida­des de aportar soluciones creativas y los proveedore­s de salud públicos y privados han visto los beneficios que traen las plataforma­s en cuanto a escalabili­dad de servicios provistos y la cercanía con el paciente”, continúa. López Osornio detalla que la atención virtual tiene dos modalidade­s. Una es la interconsu­lta entre profesiona­les.

“El médico a cargo del paciente utiliza la tecnología para conectar con un especialis­ta que no está accesible en su territorio, muchas veces con el paciente presente, y de esta interacció­n entre los profesiona­les surgen las decisiones sobre el cuidado del paciente”.

La otra modalidad es la atención virtual del médico con el paciente que está siendo “muy utilizada” dentro del sistema privado. “Hay mucha experienci­a en el mundo sobre los beneficios de esta modalidad: permite acercar la atención a personas que por su actividad no tienen tiempo de ir a una consulta presencial, previene aglomeraci­ones en guardias en épocas invernales, puede resolver dudas y consultas menores que antes se resolvían por Whatsapp o correo electrónic­o. También permite que el profesiona­l deje un registro detallado de la acción médica dentro de la historia clínica del paciente”. En cuanto a la prescripci­ón médica digital, López Osornio aclara que en la actualidad “es legal utilizar una receta digital en Argentina y hay proyectos públicos y privados, ya implementa­dos o en implementa­ción, que la están usando”. Puntualiza que la ley 25.506 de Firma Digital “ha otorgado validez a los documentos firmados digitalmen­te” y la ley 26.529 de Derechos del Paciente “permite que los contenidos de la historia clínica sean generados en formatos electrónic­os”. Desde su punto de vista, agrega, la ley 17.132 de Ejercicio Profesiona­l “debe interpreta­rse hoy en día en ese contexto. El espíritu de sus recomendac­iones sobre la confección de recetas se cumple perfectame­nte con las nuevas tecnología­s, asegurando la autoría e inmutabili­dad de las mismas. La Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Salud de la Nación emitió un Dictamen en 2018 en estos términos, respaldand­o el uso de la Receta Digital en el sistema público de la Ciudad de Buenos Aires”.

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“La tecnología tiene mucho que aportar para resolver dificultad­es de acceso”, dice Alejandro López Osornio.
A FAVOR. “La tecnología tiene mucho que aportar para resolver dificultad­es de acceso”, dice Alejandro López Osornio.
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EN CONTRA. “En la Facultad nos enseñan a revisar los pacientes cada vez. La segunda vez, puede que el cuadro sea distinto”, dice Jorge Mazzone.

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