Semanario

DEVOLUCIÓN DEL IVA

En qué consiste, a quiénes abarca y qué beneficios ofrece la ley sancionada por el Gobierno argentino, que tiene el objetivo de compensar la inflación en los sectores más desprotegi­dos.

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el Gobierno Nacional promulgó, a través del decreto 771/2016, la ley N° 27.253 que establece un régimen de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las compras de productos de consumo masivo que se realicen en comercios de venta minorista con tarjeta de débito.

La medida, que entrará en vigencia a partir de julio, está destinada a los jubilados que cobren el haber mínimo, a los beneficiar­ios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo como así también, a las personas que perciban pensiones no contributi­vas nacionales..

La flamante norma establece que el mencionado reintegro del IVA no podrá ser inferior al 15% del monto de las compras, con el tope de $300 por mes. Ese tope, añade la ley en su articulado, deberá ser modificado “en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses de julio y enero de cada año, a partir del mes de enero de 2017, o de la entrada en vigencia del presente título, lo que resulte posterior”. establece la ordenanza.

Sin embargo, el Gobierno estableció una forma de devolución que no es proporcion­al. Así, mientras el primer mes de aplicación de la norma, a los beneficiar­ios se les acreditará en su cuenta bancaria $150 fijos por las dos primeras compras que realicen con tarjeta de débito, en el segundo, el reintegro se dividirá en cuatro y se devolverán $75 pesos por las cuatro primeras operacione­s. Y, en el tercer y último mes, se otorgará en seis veces, un monto de $50 fijo por compra.

“El IVA es un impuesto regresivo que castiga a los que menos tienen y con

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