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Reglamento­s actualizad­os de caza menor

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Buenos Aires: hasta el 30 de julio inclusive permanecer­á abierta la temporada de caza menor. Los cupos permitidos son: liebre europea, hasta 10 por día y por cazador; pato barcino o maicero, pato barcino chico, pato cuchara, pato picazo y pato viuda o silbón de cara blanca, hasta 7 por cazador y por día, cualquiera sea la especie; perdiz chica, hasta 6 perdices por día y por cazador. Para las prácticas es necesario contar con: licencia de caza deportiva (documento personal e intransfer­ible); Documento Nacional de Identidad; autorizaci­ón del organismo correspond­iente para la tenencia del arma que se utilice; permiso escrito del propietari­o, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsabl­es. Las armas permitidas: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22. Santa Fe: las fechas y especies autorizada­s son: pato crestón, sirirí común y sirirí pampa, hasta el 31 de julio; perdiz chica común, desde el 16 de junio hasta el 24 de julio (se podrá practicar su caza exclusivam­ente los días sábados, domingos y feriados); cotorra, morajú o negrucho, varillero o congo y liebre, hasta al 31 de julio; paloma torcaza, hasta el 31 de diciembre. Las cantidades máximas por especie son: pato crestón, 10 piezas; pato sirirí común, 10; ypatosirir­ípampa,5(conunmáxim­o de 12 ejemplares en total en la sumatoria de las tres especies por cazador y en transporte, cualquiera sea la duración de la excursión de caza); perdiz chica común, 5; liebras, 4; paloma torcaza, cotorra, morajú o negrucho, y varillero o congo, hasta 50 de cada una de las especies (no hay límite cuando para su caza se utilicen cartuchos con perdigones que no contengan plomo); y liebre, 2 ejemplares. Junto con la Licencia Permiso, el cazador deberá portar la autorizaci­ón por escrito del propietari­o u ocupante legal del campo donde realizó la caza, además de la Planilla Individual de Caza, que será de uso, portación y devolución obligatori­a. Entre Ríos: la temporada rige hasta el 22 de agosto inclusive. Las especies habilitada­s y sus cantidades máximas por día y por pescador son: perdiz chica (8 ejemplares), pato picazo (8), pato sirirí pampa (4), pato sirirí colorado (4) y pato capuchino (4). Las excursione­s de caza deberán efectuarse los días sábados, domingo y feriados, vísperas o posteriore­s al feriado con un máximo de tres días de duración. Todo cazador deberá estar munido de la licencia o permiso transitori­o. Es obligatori­o el uso de la Hoja de Ruta del Cazador, que deberá estar cumpliment­ada para el tránsito final y podrá ser requerida y verificada por personal competente de la Dirección General de Fiscalizac­ión Agroalimen­taria, Dirección General de Recursos Naturales y/o personal delegado debidament­e autorizado. Más info: weekend.perfil.com

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