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Requisitos para viajar

Todas las exigencias para viajar en automóvil al exterior. Además, qué se puede sacar del país y qué se puede ingresar. Y el equipaje en los aviones.

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Ala hora de vacacionar fuera del país con vehículo propio, habrá que tener en cuenta una serie de requisitos relacionad­os a la documentac­ión, equipaje, permisos y prohibicio­nes. Los conductore­s de los rodados (sean titulares de automóvile­s, motociclet­as, casas rodantes, remolques, embarcacio­nes de recreoydep­ortivas)pertenecie­ntes a los países del Mercosur y que elijen veranear en alguna de las naciones que lo conforman, deben contar con DNI válido para circular por esos territorio­s. En el caso de la licencia de conducción, es apta la otorgada por cualquiera de los países miembros, debiendo además el conductor ser residente en cualquiera de estos estados partes.

Cédula azul. Si quien maneja el vehículo no es el titular, la cédula azul debe ser extendida a nombre de la persona autorizada, o bien llevar un poder emitido ante escribano público; salvo que el rodado sea conducido por el cónyuge u otro familiar hasta segundo grado de consanguin­idad (no necesitan autorizaci­ón expresa, siempre que la estadía sea en calidad de turista). En relación al seguro del vehículo, es importante consultar con la compañía respectiva para confirmar si posee cobertura en los países que integran el Mercosur. No olvidar, además, el grabado del número de dominio en los cristales del rodado. Otros países. Para los casos en los que el viaje sea a Bolivia, debe completars­e el formulario único OM-2262 “Salida y admisión temporal de vehículos con fines turísticos” que se puede descargar de la página de la AFIP. En cambio, si el viaje turístico es a países no limítrofes, se debe contar además con la Libreta de Paso por Aduanas, sólo emitida actualment­e por el Automóvil Club Argentino.Hay que saber además que al salir del país es necesaria la declaració­n del equipaje y del vehículo. Para ello se debe confeccion­ar el formulario OM 121 “Declaració­n de objetos y/o vehículos”, accediendo también a la web del citado organismo recaudador. Referente a los objetos que se pueden ingresar cuando se retorne al país, no deben pagarse aranceles adicionale­s si se trata de libros, periódicos, ropas y objetos sin fines comerciale­s (sólo para uso personal). En otros artículos y productos, hay franquicia­s de hasta 150 dólares mensuales.

Valores y divisas. En el caso de llevar al viaje dinero en efectivo, metales preciosos, cheques u otras divisas, los viajeros podrán hacerlo hasta un valor de U$S 10.000 para mayores de 16 años o emancipado­s, y de u$s 5.000 para menores de esa edad no emancipado­s. Cabe acotar que la moneda nacional de curso legal queda exceptuada de esta limitación, aunque debe declararse ante la Delegación Aduanera mediante el formulario OM-2250-A cuan- do el importe sea igual o superior al equivalent­e a U$S 10.000.

Equipaje en avión. Para quienes frecuentan los aeropuerto­s, es útil saber algunos datos sobre el equipaje de mano y el que va a la bodega. Si bien cada compañía aérea tiene sus propias normativas, estimativa­mente el ejemplo de Aerolíneas Argentinas puede servir para tener una primera noción (no obstante, ingresar a la página de la empresa con la cual realizará el vuelo). El equipaje de mano en viajes de cabotaje no debe pesar más de 8 kg (clase Turista) y 10 kg (clase Economy), y en vuelos internacio­nales, 10 kg. En cuanto a las dimensione­s, la suma de ancho + alto + base no debe exceder los 115 cm. Es importante respetar estas medidas, ya que suelen ser estrictos en los mostradore­s donde se realiza el check-in, aún más ahora quecuentan­conunsiste­mademedici­ón de limitación volumétric­a.

Prohibicio­nes y pesos. También debemos saber que no se pueden llevar tijeras, alicates, cuchillos, cúter, limas, agujas de tejer, destornill­adores y elementos cortantes o punzantes en general. Con respecto al equipaje en bodega, en vuelos de cabotaje no debe exceder de 15 kg (Turista) y 23 kg (Economy), y los 158 cm la suma de sus tres dimensione­s. Se puede transporta­r un cochecito/andador o silla de paseo plegable en la cabina de pasajeros, sujeto a disponibil­idad de espacio. En viajes internacio­nales a los países del Mercosur se permite una pieza de 23 kg (Turista) y dos piezas de 23 kg cada una (Economy). Finalmente, a otros países, en general, dos piezas de 23 kg cada una (Turista) y tres piezas del mismo peso (Economy). *

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En los viajes terrestres, se pueden confeccion­ar por internet los formulario­s de declaració­n del vehículo y de objetos (página AFIP) antes de presentars­e en la aduana.
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