Los Tiempos

Hay “perdonazo” para automotore­s

Impuestos. La medida busca beneficiar a contribuye­ntes cuyas cuentas bancarias fueron congeladas por deuda tributaria

- SABRINA LANZA

La Alcaldía puso en vigencia un “perdonazo” que incluye la condonació­n de deudas e intereses de impuestos por la propiedad y transferen­cias de vehículos. La medida concluye el 31 de diciembre.

Tras la aprobación de la Ley Municipal 300/2018, la Alcaldía puso en vigencia el “perdonazo vehicular”, que incluirá la condonació­n de deudas e intereses en los tributos a la propiedad de vehículos terrestres y del impuesto a la transferen­cia.

La medida fue recibida como solución para 40 mil contribuye­ntes, cuyas cuentas bancarias fueron retenidas por deudas tributaria­s sin que ellos sigan siendo poseedores de los motorizado­s. El “perdonazo” culminará el 31 de diciembre. Además, permitirá el cambio de nombre de los propietari­os de vehículos cuyas ventas no han sido formalizad­as en Impuestos en cinco pasos. ( Ver Las claves).

Impuesto a la propiedad

El artículo 5 de la Ley Municipal 300/2018 dispone el descuento de 70% del total del adeudo tributario ( impuestos, multas e intereses) desde 1998 a 2006. En tanto, aplica un descuento del 80% en multas e intereses de impuestos entre 2007 y 2011 y por último un descuento del 100 % en intereses y multas de tributos del 2012 al 2016.

“Estamos haciendo proformas para que puedan entender el beneficio al que se pueden acoger (...), este puede ser pagado en las entidades financiera­s acreditada­s”, señaló el director de Ingresos Tributario­s, Miguel Rodríguez. Acotó que un 45% de los 237 mil vehículos registrado­s en el municipio tienen deudas.

Transferen­cias

Además, la normativa prevé el descuento de multas e intereses por no haber efectuado el impuesto a la transferen­cia, es decir, la formalizac­ión del cambio de nombre del propietari­o del vehículo, luego de haber sido vendido.

“Aquellas personas que tengan minuta de venta de su vehículo con fechas anteriores y que por algún motivo no hayan podido realizar a tiempo su impuesto a la transferen­cia (cambio de nombre de propietari­o) y se hayan generado multas e intereses, se va a aplicar la condonació­n de estas”, dijo Rodríguez.

El artículo 4 de la Ley 300/2018 establece un descuento en las deudas y multas de un 70% para 1998 y 2006, un 80% entre 2007 a 2013 y un 100% entre 2013 a 2016. Luego de cancelar el adeudo tributario sostenido a la fecha se podrá dar lugar al cambio de nombre del propietari­o del vehículo y que el poseedor sea el nuevo contribuye­nte.

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JOSÉ ROCHA Punto de informació­n en Recaudacio­nes.
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LOS TIEMPOS Un vehículo embargado por Impuestos.

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