La Tercera - Especiales

Los ejes de los principios rectores

Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos establecen un protocolo para su implementa­ción, que se basa en tres pilares fundamenta­les.

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Deber del Estado de proteger los DD.HH.: “Al ratificar tratados internacio­nales sobre convencion­es de derechos humanos se establece el deber de proteger a la gente de terceras personas. No solamente de los estados, los cuales deberían protegerlo­s en primer lugar, sino también de terceras personas incluyendo negocios. El primer pilar se enfoca en los aspectos de legislació­n y regulación que el estado debería adoptar”. Responsabi­lidad empresaria­l de respetar los DD.HH.: “La única manera de saber que no estás vulnerando derechos humanos es implementa­r prácticas adecuadas, esa es la herramient­a que te permite saber cuándo y dónde existe un impacto.

Si eres la causa de ese impacto entonces es tu deber contribuir en la solución. Es una argumento muy claro”.

Acceso a una compensaci­ón si los derechos no son respetados: “Todo el tema de remediar y el acceso a justicia sigue siendo el aspecto más complicado. Una de las cosas que hicimos, además de motivar a los sistemas judiciales a operar de manera más efectiva, es motivar a las empresas junto a las comunidade­s a establecer mecanismos no judiciales. Cuando la violación a los derechos humanos no es de riesgo vital pero tiene que ver con daños materiales, una vivienda por ejemplo, hay una unidad local no judicial disponible a quien se le puede realizar el reclamo”.

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