Daniel Concha, director de Servicio Nacional de la Discapacidad:
¿Cuál es el fin y el espíritu de esta ley?
Promover una inclusión laboral eficaz de las personas en situación de discapacidad en el ámbito público y privado. La ley permitirá avanzar como país en igualdad de oportunidades, en los derechos de las personas, en mejorar el acceso al empleo dando cuenta de los compromisos que adquirió el Estado de Chile ante la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
¿Cuáles son los principales temas que aborda?
La nueva ley busca fomentar la inclusión de las personas con discapacidad, reservando el 1% de los puestos de trabajos en organismos del Estado, y empresas públicas y privadas con 100 o más trabajadores a personas con discapacidad, o que reciban una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional; prohibir todo acto de discriminación por motivos de discapacidad, y entre estos, pagando un sueldo igual o superior al ingreso mínimo a las personas con discapacidad mental e intelectual, derogando el artículo 16 de la ley 18.600. También, la edad límite para suscribir Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad mental o intelectual, la cual gracias a esta ley se fija en 26 años. Como parte de una institución pública, nuestro sector debe entregar ciertas garantías que sirvan de ejemplo para el resto.
¿Cuáles son las responsabilidades que deberán tener los empleadores?
Deberán considerar aspectos como contratar a personas con discapacidad mediante un contrato formal, con las mismas exigencias y cumplimientos que determina la Dirección del Trabajo para todos los trabajadores del país. No obstante, existen causales de excepción para cumplir esta ley tanto en el ámbito público como en el privado. Sin embargo, es fundamental que se garantice una postulación y un trabajo en igualdad de oportunidades y condiciones, en el marco absoluto de una incorporación inclusiva y accesible al puesto de trabajo.