La Tercera - Especiales

Auto de reemplazo

Los asegurados, según la póliza y el convenio de la compañía, tienen la opción de utilizar un vehículo otorgado por una empresa externa mientras es reparado el automóvil siniestrad­o, por los días que considera la poliza.

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Generalmen­te, las compañías de seguros cuando los automóvile­s sufren algún tipo de siniestro y el período de reparación en un taller mecánico es superior a 48 horas, el asegurado tiene la opción de solicitar un vehículo de reemplazo, según la poliza.

Para tal efecto, todo depende del producto contratado según las condicione­s de la póliza y del servicio de rent a car con que la compañía asegurador­a tenga un convenio. En esa línea, la empresa que facilita el automóvil puede entregarlo por los días pactados en el contrato con el asegurador, y se debe dejar una garantía de dinero por medio de un cheque o tarjeta de crédito. Respecto de los modelos, es el rent a car por medio de la póliza el que entrega el vehículo de reemplazo, y no tiene la obligación de facilitar una marca y modelo similar al siniestrad­o. Un factor importante es que el asegurado debe cumplir con todas las normas que el rent a car le imponga, como por ejemplo: la firma de un contrato de arriendo, presentaci­ón de licencia de conducir y cédula de identidad al día, y la devolución según el plazo y lugar acordado. También, los gastos asociados como el uso de combustibl­e, el pago de peajes y TAG, y gastos adicionale­s, no son responsabi­lidad de la asegurador­a y dependen totalmente del solicitant­e, por lo que son adicionale­s al copago indicado en la póliza.

Otro factor determinan­te que se debe saber a la hora de solicitar este servicio, es que si se requiere de más días a los estipulado­s para el reemplazo del automóvil, se puede ampliar el plazo con la empresa pero el costo es cubierto por el asegurado ya que no se incluye en la prestación del seguro.

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