Normativa para operar desde las alturas
Indispensables para la industria de la construcción y la densificación en altura de las ciudades, las grúas torre tienen que cumplir diversas normativas para poder operar sin que los trabajadores ni la comunidad sufran daños.
Como panorama habitual en las ciudades, es posible ver desde lejos grandes grúas que recorren el cielo en un continuo trabajo para lograr levantar diversos tipos de edificios. Muchas veces, pasamos por el lado de ellas sin percatarnos; sin embargo, “en construcción en zonas urbanas consolidadas, en el proceso de aumentar la densidad construida (cambiar de viviendas de baja altura por edificios), presentan el problema de construir al lado de edificaciones existentes y habitadas”, comenta Francisco Lagos, constructor civil y docente de la Escuela de Construcción Universidad de Las Américas, lo que genera impactos importantes en la calidad de vida de las personas que habitan estas viviendas, “por lo que debe ser controlado”.
Por otro lado, “la grúa torre es un elemento que permite hacer más eficiente la faena de transporte de materiales en una obra de construcción, cuya eficacia se da mejor en terrenos confinados. En ese sentido, la generación de protocolos y normas es la solución para evitar controversias mayores”, dice Lagos.
Reglas claras
Como cuenta Carlos Aguirre, director de la Escuela de Construcción de la Universidad de Las Américas, las normas que rigen estos elementos son la NCh 2437 Grúas Torre Condiciones de Operación, la NCh 2438 Grúas Torre - Requisitos de montaje y la NCh 2438 - Alcances Generales sobre Grúas Torres. Además, “estas normas deben estar consideradas en el sistema de gestión de seguridad y salud, y contar con procedimientos conocidos por los integrantes de la obra”, comenta el director de la Universidad de Las Américas.
A la vez, “deben contar con cartas de responsabilidad de parte de la empresa que presta el servicio y pólizas de cobertura de riesgos. Así, todo un dossier de documentos debe ser entregado adjunto a la solicitud de obra menor en la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva”, añade Aguirre.
A ello, se suman otros requisitos, como que estas torres deben tener diseños estructurales validados por un ingeniero civil estructural y los radios de acción deben ser presentados ya probados por la Dirección de Obras Municipales. Posteriormente, debe haber un protocolo de montaje, operación y desmontaje aprobando por la DOM. “Cabe destacar que debe haber análisis de fenómenos dinámicos, como vientos, sismos e impactos, resguardando la vida de trabajadores y habitantes contiguos, que aseguren las medidas de seguridad, como los frenos, anclajes; acciones del operador y Rigger (co operador que apoya la grúa en superficie de construcción)”, explica el director de la Escuela de Construcción de la Universidad de Las Américas.
En los últimos años, se han registrado por lo menos dos avances en esta normativa. De acuerdo con Carlos Aguirre, estos son el incorporar un proyecto de cálculo estructural de las fundaciones de la grúa, y la protocolización de las medidas de operación vial ante montajes, desmontajes y operación.
“En los últimos años, se ha generado un mercado especializado en grúas torres, que ha adquirido competencia y que ha mejorado las expectativas de todos los actores (habitantes y empresas)”, constructor Francisco Lagos, civil y docente de la Escuela de Construcción Universidad de Las Américas