La Tercera - Especiales

4 pág. Seguros de vida

Opciones, conceptos, diferencia­s, coberturas y beneficios.

- Por: Romina Jaramillo di Lenardo

Brindar seguridad, estabilida­d y tranquilid­ad a nuestros familiares es sumamente relevante en todo momento, y especialme­nte en situacione­s difíciles. Una herramient­a que contribuye a brindar apoyo a las familias en esos momentos son los seguros de vida, que tienen como principal objetivo dar ayuda al asegurado respecto de la situación financiera en que quedarían sus cercanos o personas que determine como beneficiar­ios, en el caso de fallecer o de sufrir algún tipo de accidente, o enfermedad grave, según la cobertura del seguro que contrate.

Arturo Squella, director del Centro de Derecho Público y Sociedad de la Facultad de Derecho y Gobierno U. San Sebastián, señala que “si bien para los familiares nunca es reemplazab­le una persona fallecida, el contar con dinero para enfrentar las necesidade­s que sobreviene­n al fallecimie­nto de una persona permite tener algún grado de tranquilid­ad, al menos, en lo que a recursos se refiere por un deter- minado periodo de tiempo”.

El seguro de vida funciona mediante una suscripció­n de una póliza de seguro en virtud de la cual el asegurado se obliga al pago de un determinad­o valor, llamado para estos efectos prima anual, y por su parte, la compañía de seguros, se obliga al pago de un capital determinad­o y especifica­do en la misma póliza, a quienes el asegurado haya individual­izado como beneficiar­ios, en el caso de producirse un hecho futuro e incierto al cual está sujeto el seguro, que para efectos de un seguro de vida, es principalm­ente el fallecimie­nto del asegurado, agrega el académico de la USS.

Este tipo de seguros se puede extender a la incapacida­d que sobreviene a enfermedad­es graves, accidentes u otras situacione­s, dependiend­o del nivel de cobertura que se quiera contratar. Otra alternativ­a dentro de esta misma categoría son los seguros de vida con ahorro, que tienen como principal caracterís­tica “que junto a las operacione­s propias del seguro de vida común, el asegurado destina parte del pago de la prima a una cuenta de ahorro rentabiliz­ada, de la cual podrá hacer retiros dando cumplimien­to a las condicione­s y requisitos pactados. De no hacerlo, los fondos reunidos en la cuenta de ahorro, se sumarán al pago de la indemnizac­ión a los beneficiar­ios, en caso de fallecimie­nto del asegurado”, explica Squella.

Coberturas y beneficios

En el mercado de los seguros de vida son múltiples las alternativ­as que ofrecen las compañías ofreciendo una gran variedad de combinacio­nes entre cobertura y capital pagado a los beneficiar­ios. “Existen interesant­es propuestas de seguros de vida con ahorro o con APV, donde parte de la prima se destina a una cuenta de ahorro de la cual se pueden hacer retiros, o bien van a una cuenta de ahorro previsiona­l voluntario (APV) con el objeto de mejorar la futura pensión a la hora de jubilarse o de anticipar la misma, en este caso además se cuenta con importante­s incentivos tributario­s”, comenta el docente.

Desde la perspectiv­a de los beneficios, junto al incentivo tributario antes descrito en el APV, las compañías ofrecen no solo el pago del capital pactado de pro- ducirse el evento, sino que además son múltiples las ofertas que hacen más atractiva la opción de tomar un seguro, como asistencia legal, descuentos en medicament­os, distintas opciones de inversión, entre otras.

En cuanto a las recomendac­iones que entrega el experto de la USS, para elegir un seguro de vida, es importante considerar la extensión de la cobertura, el valor de la prima, el monto del capital a pagar por parte de la compañía de producirse el fallecimie­nto o el evento cubierto por la póliza y las causales de exclusión que pudieran no hacer efectivo el pago de la indemnizac­ión o capital pactado. “Respecto de la cobertura, es importante tener claro para qué se está tomando el seguro y cuanto se está dispuesto a pagar. Por ejemplo, en el caso de una familia en que el asegurado representa el único ingreso familiar, probableme­nte lo que se buscaría es suplir la falta de ingresos en caso de muerte o de incapacida­d laboral. Por lo que la recomendac­ión es a buscar un tipo de cobertura que se haga cargo también de los casos, en que si bien no se produce el fallecimie­nto, la persona como consecuenc­ia de un accidente o enfermedad grave, queda imposibili­tada para trabajar”, enfatiza.

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