4 pág. Seguros de vida
Opciones, conceptos, diferencias, coberturas y beneficios.
Brindar seguridad, estabilidad y tranquilidad a nuestros familiares es sumamente relevante en todo momento, y especialmente en situaciones difíciles. Una herramienta que contribuye a brindar apoyo a las familias en esos momentos son los seguros de vida, que tienen como principal objetivo dar ayuda al asegurado respecto de la situación financiera en que quedarían sus cercanos o personas que determine como beneficiarios, en el caso de fallecer o de sufrir algún tipo de accidente, o enfermedad grave, según la cobertura del seguro que contrate.
Arturo Squella, director del Centro de Derecho Público y Sociedad de la Facultad de Derecho y Gobierno U. San Sebastián, señala que “si bien para los familiares nunca es reemplazable una persona fallecida, el contar con dinero para enfrentar las necesidades que sobrevienen al fallecimiento de una persona permite tener algún grado de tranquilidad, al menos, en lo que a recursos se refiere por un deter- minado periodo de tiempo”.
El seguro de vida funciona mediante una suscripción de una póliza de seguro en virtud de la cual el asegurado se obliga al pago de un determinado valor, llamado para estos efectos prima anual, y por su parte, la compañía de seguros, se obliga al pago de un capital determinado y especificado en la misma póliza, a quienes el asegurado haya individualizado como beneficiarios, en el caso de producirse un hecho futuro e incierto al cual está sujeto el seguro, que para efectos de un seguro de vida, es principalmente el fallecimiento del asegurado, agrega el académico de la USS.
Este tipo de seguros se puede extender a la incapacidad que sobreviene a enfermedades graves, accidentes u otras situaciones, dependiendo del nivel de cobertura que se quiera contratar. Otra alternativa dentro de esta misma categoría son los seguros de vida con ahorro, que tienen como principal característica “que junto a las operaciones propias del seguro de vida común, el asegurado destina parte del pago de la prima a una cuenta de ahorro rentabilizada, de la cual podrá hacer retiros dando cumplimiento a las condiciones y requisitos pactados. De no hacerlo, los fondos reunidos en la cuenta de ahorro, se sumarán al pago de la indemnización a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asegurado”, explica Squella.
Coberturas y beneficios
En el mercado de los seguros de vida son múltiples las alternativas que ofrecen las compañías ofreciendo una gran variedad de combinaciones entre cobertura y capital pagado a los beneficiarios. “Existen interesantes propuestas de seguros de vida con ahorro o con APV, donde parte de la prima se destina a una cuenta de ahorro de la cual se pueden hacer retiros, o bien van a una cuenta de ahorro previsional voluntario (APV) con el objeto de mejorar la futura pensión a la hora de jubilarse o de anticipar la misma, en este caso además se cuenta con importantes incentivos tributarios”, comenta el docente.
Desde la perspectiva de los beneficios, junto al incentivo tributario antes descrito en el APV, las compañías ofrecen no solo el pago del capital pactado de pro- ducirse el evento, sino que además son múltiples las ofertas que hacen más atractiva la opción de tomar un seguro, como asistencia legal, descuentos en medicamentos, distintas opciones de inversión, entre otras.
En cuanto a las recomendaciones que entrega el experto de la USS, para elegir un seguro de vida, es importante considerar la extensión de la cobertura, el valor de la prima, el monto del capital a pagar por parte de la compañía de producirse el fallecimiento o el evento cubierto por la póliza y las causales de exclusión que pudieran no hacer efectivo el pago de la indemnización o capital pactado. “Respecto de la cobertura, es importante tener claro para qué se está tomando el seguro y cuanto se está dispuesto a pagar. Por ejemplo, en el caso de una familia en que el asegurado representa el único ingreso familiar, probablemente lo que se buscaría es suplir la falta de ingresos en caso de muerte o de incapacidad laboral. Por lo que la recomendación es a buscar un tipo de cobertura que se haga cargo también de los casos, en que si bien no se produce el fallecimiento, la persona como consecuencia de un accidente o enfermedad grave, queda imposibilitada para trabajar”, enfatiza.