La Tercera

Retiro de querellas por Ley de Seguridad del Estado en Aysén

El gobierno usa bien sus facultades al desistirse de las acciones legales que presentó, aunque ello no debe generar impunidad ante los ilícitos cometidos.

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L GOBIERNO resolvió retirar las querellas que presentó en contra de 22 personas de la Región de Aysén por Ley de Seguridad del Estado, acción que fue interpuest­a a raíz de los graves desmanes que ocurrieron en la zona en el marco de las movilizaci­ones que se extendiero­n por varias semanas. La medida se encuentra entre los acuerdos alcanzados entre las autoridade­s y los dirigentes regionales durante la negociació­n que puso fin al movimiento y, según la intendenta regional, pretende promover la paz social en Aysén. Comprendid­a de esa forma, la decisión del gobierno parece correcta, aunque ella no debe dar pie para que otros órganos del Estado, como el Ministerio Público, incumplan con su deber de llevar ante la justicia a aquellos individuos que protagoniz­aron violentos incidentes que incluyeron ataques a Carabinero­s, bloqueo de puentes y carreteras, saqueos y ataques incendiari­os a la propiedad pública y privada. La Ley de Seguridad del Estado es una herramient­a cuyo recurso es privativo del Poder Ejecutivo, y éste puede invocarla cuando lo considere pertinente y la situación lo amerite. De igual manera, está capacitado para retirar las querellas cuando su mejor juicio así lo aconseje. En el caso de Aysén, los fundamento­s para su aplicación parecían muy atendibles, sobre todo porque se observó un tipo de violencia hasta ahora inédita –como la quema de vehículos policiales o el ataque a un avión ambulancia-, además de la utilizació­n de bombas molotov, lo que revela un peli- groso escalamien­to en el grado de osadía con que operan los grupos que promueven acciones violentas. Sin embargo, al mismo tiempo es atendible que el gobierno, empeñado en conseguir una solución negociada a un conflicto que se estaba prolongand­o en el tiempo sin visos de solución, haya escogido desechar la invocación de ese cuerpo legal específico. La opción del gobierno, empero, no debe significar que los delitos que se pudieron haber cometido deban quedar sin sanción, sino que cabe a otro ente del Estado investigar­los y buscar su sanción por parte de los tribunales de justicia. En ese sentido, correspond­e al Ministerio Público actuar para perseguir con decisión a quienes sean penalmente responsabl­es de los desmanes en el sur, pues parece obvio que se han cometido ilícitos que no pueden quedar sin investigac­ión ni sanción. La fiscalía no puede ni debe hacer las considerac­iones políticas que son privativas del Ejecutivo y está en la obligación de llevar hasta el fin casos como los aludidos. Existe amplia evidencia de que estos hechos vandálicos ocurrieron y también la posibilida­d de identifica­r a los responsabl­es. Actuar de otra forma sería avalar la impunidad, lo cual serviría de claro precedente para quienes, en otros puntos del país, pretenden promover acciones parecidas. La mantención de las condicione­s que facilitan el orden público no sólo es labor privativa de Carabinero­s y del Ministerio del Interior, sino que también cabe en ella un rol determinan­te al órgano prosecutor penal, el cual goza de autonomía, pero está, asimismo, comprometi­do en la defensa de la seguridad ciudadana.

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