Invocación del secreto militar e información pública
Corresponde al Ministerio de Defensa establecer el carácter de la información solicitada por este diario a la Fuerza Aérea.
NVOCANDO LA legislación relativa a la transparencia pública, este diario solicitó a la Fuerza Aérea información acerca de una recomendación de recambiar periódicamente los pernos del sistema de bloqueo anti ráfagas por parte del fabricante del avión Casa de la Fach que se accidentó en el archipiélago de Juan Fernández el año pasado. La institución armada declinó entregar dicha información, aduciendo que se trata de una materia que está legalmente bajo secreto militar y que su revelación podría afectar la seguridad nacional. Con posterioridad, se aclaró, a través de una nota oficial, que los antecedentes sobre el mantenimiento de la aeronave, incluidos los referentes al recambio de los pernos recomendado por el fabricante en 2002 por medio de una nota oficial, se entregaron reservadamente al ministro en visita a fines del año pasado, lo que fue ratificado por el magistrado. Es efectivo que los datos sobre el mantenimiento de las aeronaves militares, sean de combate o transporte, y del equipamiento en general, están en condiciones de constituir un secreto militar, pues la información sobre los estándares y periodicidad con que se realiza puede entregar indicios sobre el estado y grado de alistamiento en que se encuentran, antecedentes que sería útil conocer para un potencial adversario bélico y que, por lo mismo, es necesario cautelar. Este secreto también podría aplicarse en un caso como el del avión siniestrado en septiembre de 2011, no obstante estaba realizando un vuelo cuyos fines no eran militares y que la gran mayoría de sus ocupantes eran civiles. Sin embargo, al ser la Fach parte involucrada en la investigación, corresponde a otra instancia superior, en este caso el Ministerio de Defensa, establecer si existe o no secreto militar en este caso. El titular de Defensa ha dispuesto entregar de manera pública toda la información respecto de la consulta efectuada, al considerar que ésta no constituye secreto militar. De esta forma, se ha conocido que la Fuerza Aérea realizó los cambios de pernos en 2006 y que en 2010 alcanzó a reemplazar sólo tres de ellos, debido a falta de stock, aunque revisó que el cuarto estuviera en buenas condiciones. El secreto militar no existe para proteger a las instituciones armadas, sino a la defensa nacional. En este sentido, no se entiende la razón de negar la información solicitada, más allá de argumentos formales, lo que además puede generar una mala interpretación y ser visto como un pretexto para evitar el escrutinio público en una tragedia de alto impacto nacional en la que se registraron 21 muertos. En todo caso, tranquiliza saber que toda la información relevante ya había sido entregada al juez de la causa. Este ha ratificado la total colaboración de la Fach, disposición que ha sido confirmada, mediante una orden precisa, por el ministro de Defensa. Un tema de fondo en torno a este asunto es si corresponde que la Fach realice vuelos que en la práctica tienen fines civiles. El Ministerio de Defensa debería proponer una regulación detallada sobre los casos, circunstancias y las condiciones en que las instituciones armadas pueden prestar soporte a actividades privadas, para minimizar las complicaciones que ello conlleva y que han quedado al descubierto en esta ocasión.