Proyecto para la legalización del aborto Chile no debe perder la plena consistencia de su legislación con el respeto irrestricto a los derechos humanos, partiendo por el respeto a la vida sin condiciones y en todas sus etapas.
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EL GOBIERNO ha anunciado el envío al Congreso de un proyecto de legalización del aborto, el que de ser aprobado restaría a Chile del pequeño listado de países que hoy, pueden exhibir un pleno respeto del derecho a la vida como uno de los derechos humanos más importantes. El Congreso deberá adoptar ahora una definición al respecto, en un debate que previsiblemente generará posiciones muy encontradas, dado que ella involucra los valores más profundos de cada uno de los legisladores y sus electores.
Un primer aspecto sobre el que debe llamarse la atención es la necesidad de una discusión seria, sin eufemismos y sin vetos a las posiciones de cada cual y a los valores que la sustentan. En este sentido, llamar las cosas por su nombre es una primera exigencia para el debate, que no se cumple cuando el gobierno pretende calificar esta propuesta como una “despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo”, ya que de lo que está hablando es de convertir en legal una conducta que hoy es delito, que consiste en llevar a cabo una acción cuyo resultado previsible es terminar con la vida del embrión. La “interrupción del embarazo” no es una entidad separada de la vida del feto.
Una segunda consideración es en relación a la argumentación de que este proyecto sólo pretendería legalizar el aborto en tres casos muy excepcionales, con lo que se pretende crear una falsa situación intermedia entre la prohibición y la legalización del aborto. De acuerdo con el proyecto presentado ayer, se permitirá practicar abortos en caso de que la vida de la madre esté en riesgo, se detecte la inviabilidad de feto y cuando hay violencia sexual. Lo cierto es que la aprobación de la propuesta del Gobierno significaría directamente la legalización, porque se cambiaría la definición de fondo, cual es que no es posible realizar actos directos para terminar con la vida del feto, conducta que hoy es la que se sanciona como aborto. sí, la causal de “peligro para la vida de la madre”–ya sea presente o futuro, como indicó la Presidenta-carece de fundamento, porque tal como lo han precisado reiteradamente los especialistas médicos y jurídicos, la legislación y los protocolos terapéuticos vigentes permiten aplicar a la madre los tratamientos necesarios para proteger su vida, aun cuando eso conlleve el riesgo de vida para el feto, siempre que haya un motivo grave y se adopten todos los resguardos para proteger a la criatura. Si se está agregando esta causal es para autorizar lo que hoy no se puede, y eso es precisamente terminar directamente con la vida del feto. Incorporar esta causal como un “aborto terapéutico“es un eufemismo que no ayuda a la seriedad del debate. Esto queda demostrado en el hecho de que en los
Apaíses donde se ha legalizado el aborto, el primer paso es permitir que se realice en una causal restringida, que luego se amplía por la vía de entender el “peligro” para la vida de la mujer como un peligro amplio para su “salud física o sicológica”. Así lo han reconocido, además, los impulsores de la legalización total del aborto.
En relación a la causal de violación y de malformación del feto, lo que está de por medio es la definición de fondo que deberán adoptar los legisladores, en cuanto si existe un derecho de la madre sobre el feto o si éste es un ser que tiene su propia autonomía y por lo tanto un derecho a la vida que debe ser protegido al mismo nivel que el de la mujer. La violación debe ser de las conductas humanas que merece el más profundo de los reproches y castigos, por la invasión de la intimidad y el daño físico y sicológico que causa, pero ese reproche debe ser dirigido al responsable y no al ser inocente que tiene derecho a que su vida sea respetada. No es posible en este caso justificar que se legalice terminar con la vida del feto si no se considera legítimo subordinarla a la de la madre, lo que no es consistente con el respeto de los derechos humanos que nuestro país ha optado por mantener.
Además, en el caso de violación el proyecto del Gobierno contempla un “espacio de discernimiento” de hasta 12 semanas, que se amplía a 18 semanas en el caso de las menores de 14 años. Este extenso período contradice la idea de que se trata de causales de “emergencia”. Si bien falta por conocer los detalles del proyecto, la causal por violación será especialmente controversial, especialmente por el umbral de tiempo que ha fijado el proyecto, lo que podría presionar para que el plazo se extienda incluso más allá de las 18 semanas. n el caso de la causal de la malformación del feto o su inviabilidad ocurre una situación semejante, porque existen hoy las vías para afrontar los casos desde la perspectiva ética y médica, sin que sea necesario para eso legitimar el aborto. El Gobierno ha anunciado que no dará urgencia a la discusión de este proyecto, lo que parece adecuado y justificado dada la importancia del tema y la necesidad de que no se abuse de mayorías o coyunturas políticas para zanjar un tema que, de no ser bien resuelto, puede dejar heridas muy profundas en la convivencia social y política. Por de pronto, lo más probable es que existan posiciones divergentes al interior de cada bloque político, aun cuando es previsible una posición mayoritariamente contraria en la Alianza y favorable en la Nueva Mayoría. Probablemente la mayor tensión se vivirá al interior de la Democracia Cristiana, porque la oposición que siempre se manifestó a la legalización del aborto es de los pocos factores que aún le permiten diferenciarse doctrinalmente del resto de la Nueva Mayoría.
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