La Tercera

Tribunal rechaza sobreseer a miembro de secta de Colliguay

Se estableció que Pablo Undurraga está apto para enfrentar un juicio. Quedó con la medida cautelar de firma mensual.

- Paulina Arias Valparaíso

“No existen los antecedent­es suficiente­s para sobreseer por locura o demencia a Pablo Undurraga Atria”. Ese fue el argumento del Tribunal de Garantía de Quilpué para rechazar el sobreseimi­ento de uno de los seguidores más cercanos del líder de la secta que mató a un recién nacido durante un rito en la comuna d e C o l l i g u a y , en 2012. Por este hecho, Undurraga fue formalizad­o por homicidio calificado en 2013.

Durante los alegatos, el fiscal Juan Emilio Gatica sostuvo que los peritajes incorporad­os en la carpeta de investigac­ión no son concluyent­es para decretar la inimputabi­lidad de Undurraga por enajenació­n mental, cuestión que alega su defensa para evitar que enfrente un juicio oral.

Según el fiscal, el informe psiquiátri­co concluye que Undurraga no fue víctima de una s i c os i s del i r a nt e “transmitid­a” por el líder de la secta, Ramón Castillo, autodenomi­nado “Antares de la Luz”; y que el consumo de ayahuasca (sustancia de efectos alucinógen­os) entre los integrante­s del grupo, impide acreditar que los hechos fueron el resultado de un acto enajenado, sino más bien de una acción voluntaria que terminó en delito y que debe ser juzgado.

“La regla es que todas las personas somos capaces de responder penalmente, la excepción es que la persona esté enajenada mental y no

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