Papa Francisco prohíbe funeral a católicos que pidan esparcir sus cenizas
Nuevo documento del Vaticano fija normas para cremación e impide conservar cenizas en casa. La medida busca evitar “cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista”.
Las cenizas de los difuntos no deben estar en las casas, no pueden ser esparcidas en la naturaleza, no deben ser divididas entre los familiares ni menos convertirlas en otro tipo de objetos. Así lo establece un controvertido documento redactado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, avalado por el Papa Francisco y dado a conocer ayer en el Vaticano.
El texto titulado “Ad resurgendum cum Christo”, que lleva la firma del cardenal alemán Gerhard Müller, titular de ese dicasterio, destaca que “no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar”, ni “la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma”, o “la conversión de las cenizas como recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos”.
El documento, que viene a sustituir otro de 1963 que autorizó por primera vez la cremación, busca salir al paso de algunas prácticas que se han extendido por muchos países y que, según el Vaticano, van en contra “de la fe de la iglesia”. Por eso se ha considerado conveniente publicar esta nueva instrucción con el fin de “reafirmar las razones doctrinales y pastorales para la preferencia de la sepultura de los cuerpos y de emanar normas relativas a la conservación de las cenizas en el caso de la cremación”. Todo eso para evitar cualquier “malentendido panteísta, naturalista o nihilista”.
Se asegura que “la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica”, ya que la cremación del cadáver “no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo”,
y se sostiene que cuando se opta por ella por razones de tipo higiénicas, económicas o sociales, “no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto”.
Pero establece que las cenizas deben ser conservadas en un “lugar sagrado”, como cementerios o en una iglesia o en un área especialmente dedicada para esos fines por la autoridad eclesiástica competente. Así, se advierte que se pueden mantener las cenizas en la casa “solo en casos de graves y excepcionales circunstancias”, como el caso de guerras, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, siempre con la autorización del sacerdote o párroco y de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales.
La conservación de las cenizas en un “lugar sagrado”, asegura el Vaticano, puede