La Tercera

Suprema: reclusa que tuvo parto engrillada fue discrimina­da

Máximo tribunal advirtió maltrato de Gendarmerí­a a Lorenza Cayuhán. También se señaló que el uso de amarras resultó “degradante”.

- V. Rivera y K. Hillmann Santiago/Concepción

La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió ayer el recurso de amparo presentado por la comunera mapuche Lorenza Cayuhán Llebul, interna que el pasado 14 de octubre tuvo el parto de su hija engrillada en la Clínica de la Mujer, de Concepción. El máximo tribunal, sin embargo, no sólo dio curso al requerimie­nto legal, sino que, además, criticó la actuación de Gendarmerí­a en el caso.

El fallo de los magistrado­s señala que “no resultaba admisible, en el caso de marras, el uso de grilletes en contra de la amparada, atendido que su traslado de urgencia desde la unidad penal a los distintos recintos de salud a que fue conducida obedeció a su estado de gravidez y a la inminencia de un parto complejo ( .... ), desde que el empleo de grilletes en las circunstan­cias ya referidas adquiriero­n un carácter degradante”.

Cayuhán se encontraba recluida en el Centro de Detención Preventiva de Arauco, desde donde fue derivada al recinto médico para tener a su hija. Sin embargo, en la clínica la comunera habría dado a luz engrillada a la cama por Gendarmerí­a.

Sobre la participac­ión de la entidad penitencia­ria, la Suprema sostuvo que “las actuacione­s de Gendarmerí­a antes descritas constituye­n un atentado contra el derecho de la amparada a vivir una vida libre de violencia”.

Además, el dictamen señala que “es posible constatar indicios que permiten tener por acreditado que el maltrato recibido por la amparada también encuentra explicació­n en su pertenenci­a a una comunidad mapuche, lo que refuerza el origen discrimina­torio de las actuacione­s de Gendarmerí­a”.

La sentencia decretó que Gendarmerí­a custodie a la mujer en los traslados a algún recinto de salud; que sea vigilada sólo por personal femenino del organismo; que se adecuen protocolos, erradicand­o la violencia y discrimina­ción, y que se remita a la Suprema el sumario interno de la institució­n que eventualme­nte podría establecer sanciones sobre los hechos denunciado­s.

Reacciones

La subsecreta­ria de DD.HH., Lorena Fries, manifestó que “estamos trabajando en todos los puntos que salieron en este fallo, que tiene que ver con la reforma al reglamento penitencia­rio para introducir las reglas mínimas de privación de libertad. Debieran estar listas antes de Navidad”.

Desde el círculo de Cayuhán, el fallo fue recibido con conformida­d. Su hermano, José Cayuhán, sostuvo que “es un paso importante. Se señala que hubo gente del Estado que discriminó, no tan sólo por el hecho de ser mujer, sino también por ser mapuche”.

El abogado de la comunera, Nelson Miranda, destacó las nuevas obligacion­es del ente penitencia­rio. “De aquí en adelante las medidas de seguridad durante los traslados de Lorenza deben ser de acuerdo al reglamento y a las normas mínimas del derecho humanitari­o internacio­nal”.b

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FOTO: ATON Traslado de Cayuhán, el 29 de noviembre.

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