Su mirada de la contingencia
y eso es materia de investigación hoy de la SVS.
Está investigando empresas con amplios equipos legales y sofisticados técnicos, ¿están preparados financieramente y en personal para enfrentarlos?
El equipo que nosotros tenemos es reducido, de pocos fiscales y abogados. No cuentan las fiscalías de alta complejidad con analistas, y por lo tanto nos apoyamos especialmente en las policías y hemos tenido un trabajo bastante mancomunado con la brigada de delitos económicos de la PDI. Siempre va a ser posible mejorar y tener mejores equipos de apoyo, pero hasta acá la comunión de la PDI con la Fiscalía ha resultado provechosa. ¿La Comisión de Mercado Financiero ayuda a madurar la fiscalización sobre mercados distintos?
Celebro que haya preocupación en cuanto a fortalecer los instrumentos para fiscalizar, en la etapa previa a que se denuncien los delitos. Es bueno que haya mayores facultades en la prevención de los delitos y en la fiscalización. Me parece que para evitar la comisión de delitos, son tres las claves: prevención, fiscalización, y luego la sanción.
Sobre la sanción, recientemente el Tribunal Constitucional anuló el límite de multa de 550 mil UF contra Roberto Guzmán en el caso cascadas y la fijó en 15 mil UF, ¿quita poder disuasivo una multa de ese monto?
Me quedo con lo que dijo el Consejo de Defensa del Estado, que haciendo alusión a lo bajo que terminaban siendo estas sanciones, es ponerle una tarifa a infringir la ley. Eso no puede ser así, si tenemos multas que son muy bajas, casi irrisorias en comparación con el beneficio que se obtiene infringiendo la ley, lo que termina siendo es una tarifa para faltar a la ley y no es la idea.
Y en materia penal, ¿las sanciones actuales son disuasivas?
No hay una gran cuestión en torno a los delitos de estafa, tienen penas razonablemente adecuadas a la gravedad de los hechos. Hay un grave problema con el soborno. Cuando un particular le paga a un funcionario público para realizar una conducta indebida, tiene una pena ridículamente baja en nuestro país. Tiene la misma sanción sobornar a un ministro de Estado, que robarse un chocolate en un supermercado o vender un CD pirata. No guarda relación con la gravedad de la conducta. Tiene que ser urgentemente mejorado, lamentablemente no ha habido un intento de legislar de manera urgente. ¿Hay otros delitos que deban contemplar pena?
Hay otra serie de modificaciones que son urgentes en el derecho penal y económico y yo resaltaría dos. Primero, que se establezca el delito de soborno entre particulares, que en el caso Jadue ha quedado muy de manifiesto, cuando a un particular una empresa lo corrompe para que lo elija como proveedor, eso no es un de- Carlos Gajardo en su Twitter (@cgajardop) es un asiduo comentarista de temas de contingencia. Allí, se define como “Sólo soy un funcionario público haciendo su pega”. Ante la pregunta de dónde se ve en 10 años más, ¿una carrera política tal vez? responde que no. “Yo creo que la abogacía no la voy a abandonar nunca, desde dónde me desempeñaré es otro tema, pero el futuro quién lo conoce”.
Y opina sobre contingencia: Matrimonio igualitario: “Me parece que el amor no puede tener barreras, por lo tanto estoy muy a favor”.
Reforma constitucional: “Hay que ver en qué sentido se hacen cambios. Me parece que todo en la vida es perfectible, y la Constitución también”.
Igualdad de género: “Desde que tengo hijas mujeres, me he transformado en un activo feminista. Me parece intolerable un mundo donde mis hijos tengan mejores oportunidades que mis hijas”. Inmigración: “Es importante perfeccionar las reglas sobre inmigración, me parece una muy buena iniciativa, pero debe hacerse sobre datos verídicos, y los datos demuestran que los inmigrantes, proporcionalmente, delinquen menos que los chilenos”.
Aborto: “No tengo nada que decir”.
lito hoy. Y segundo, establecer la figura de la administración desleal, que consiste en la sanción que se le establece al administrador de cualquier sociedad que desvíe fondos de manera desleal a su favor o haciendo negocios que son perjudiciales para la empresa.
¿Qué le parece que el Ministerio Público no tenga atribuciones para iniciar una investigación por colusión?
El derecho penal sanciona aquellas conductas más graves y que atentan contra el conjunto de la ciudadanía. Por lo tanto, cuando una sociedad decide sancionar esas conductas, no debiera haber ninguna otra traba para que esa investigación se inicie. Por eso en el caso de delitos electorales, tributarios o de colusión, no hay una buena razón para que esa investigación deba esperar para su inicio que un órgano administrativo dé el vamos. La obligación que sea el Servicio de Impuestos Internos el que inicie investigaciones en delitos tributarios, ha demostrado ser una mala norma, que ha generado muchas dificultades, y que esa exigencia se haya replicado en los delitos de colusión y los electorales, también me parece una mala política.
¿Queda la sensación que las personas que cometen delitos tributarios, electorales o de colusión son tratadas de manera distinta?
Los delitos que se cometen, por lo menos, son tratados como de otra categoría, porque exigen que para que la Fiscalía pueda intervenir, se haga una denuncia previa de un órgano administrativo y eso me parece que no tiene racionalidad jurídica.b