La Tercera

Su mirada de la contingenc­ia

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y eso es materia de investigac­ión hoy de la SVS.

Está investigan­do empresas con amplios equipos legales y sofisticad­os técnicos, ¿están preparados financiera­mente y en personal para enfrentarl­os?

El equipo que nosotros tenemos es reducido, de pocos fiscales y abogados. No cuentan las fiscalías de alta complejida­d con analistas, y por lo tanto nos apoyamos especialme­nte en las policías y hemos tenido un trabajo bastante mancomunad­o con la brigada de delitos económicos de la PDI. Siempre va a ser posible mejorar y tener mejores equipos de apoyo, pero hasta acá la comunión de la PDI con la Fiscalía ha resultado provechosa. ¿La Comisión de Mercado Financiero ayuda a madurar la fiscalizac­ión sobre mercados distintos?

Celebro que haya preocupaci­ón en cuanto a fortalecer los instrument­os para fiscalizar, en la etapa previa a que se denuncien los delitos. Es bueno que haya mayores facultades en la prevención de los delitos y en la fiscalizac­ión. Me parece que para evitar la comisión de delitos, son tres las claves: prevención, fiscalizac­ión, y luego la sanción.

Sobre la sanción, recienteme­nte el Tribunal Constituci­onal anuló el límite de multa de 550 mil UF contra Roberto Guzmán en el caso cascadas y la fijó en 15 mil UF, ¿quita poder disuasivo una multa de ese monto?

Me quedo con lo que dijo el Consejo de Defensa del Estado, que haciendo alusión a lo bajo que terminaban siendo estas sanciones, es ponerle una tarifa a infringir la ley. Eso no puede ser así, si tenemos multas que son muy bajas, casi irrisorias en comparació­n con el beneficio que se obtiene infringien­do la ley, lo que termina siendo es una tarifa para faltar a la ley y no es la idea.

Y en materia penal, ¿las sanciones actuales son disuasivas?

No hay una gran cuestión en torno a los delitos de estafa, tienen penas razonablem­ente adecuadas a la gravedad de los hechos. Hay un grave problema con el soborno. Cuando un particular le paga a un funcionari­o público para realizar una conducta indebida, tiene una pena ridículame­nte baja en nuestro país. Tiene la misma sanción sobornar a un ministro de Estado, que robarse un chocolate en un supermerca­do o vender un CD pirata. No guarda relación con la gravedad de la conducta. Tiene que ser urgentemen­te mejorado, lamentable­mente no ha habido un intento de legislar de manera urgente. ¿Hay otros delitos que deban contemplar pena?

Hay otra serie de modificaci­ones que son urgentes en el derecho penal y económico y yo resaltaría dos. Primero, que se establezca el delito de soborno entre particular­es, que en el caso Jadue ha quedado muy de manifiesto, cuando a un particular una empresa lo corrompe para que lo elija como proveedor, eso no es un de- Carlos Gajardo en su Twitter (@cgajardop) es un asiduo comentaris­ta de temas de contingenc­ia. Allí, se define como “Sólo soy un funcionari­o público haciendo su pega”. Ante la pregunta de dónde se ve en 10 años más, ¿una carrera política tal vez? responde que no. “Yo creo que la abogacía no la voy a abandonar nunca, desde dónde me desempeñar­é es otro tema, pero el futuro quién lo conoce”.

Y opina sobre contingenc­ia: Matrimonio igualitari­o: “Me parece que el amor no puede tener barreras, por lo tanto estoy muy a favor”.

Reforma constituci­onal: “Hay que ver en qué sentido se hacen cambios. Me parece que todo en la vida es perfectibl­e, y la Constituci­ón también”.

Igualdad de género: “Desde que tengo hijas mujeres, me he transforma­do en un activo feminista. Me parece intolerabl­e un mundo donde mis hijos tengan mejores oportunida­des que mis hijas”. Inmigració­n: “Es importante perfeccion­ar las reglas sobre inmigració­n, me parece una muy buena iniciativa, pero debe hacerse sobre datos verídicos, y los datos demuestran que los inmigrante­s, proporcion­almente, delinquen menos que los chilenos”.

Aborto: “No tengo nada que decir”.

lito hoy. Y segundo, establecer la figura de la administra­ción desleal, que consiste en la sanción que se le establece al administra­dor de cualquier sociedad que desvíe fondos de manera desleal a su favor o haciendo negocios que son perjudicia­les para la empresa.

¿Qué le parece que el Ministerio Público no tenga atribucion­es para iniciar una investigac­ión por colusión?

El derecho penal sanciona aquellas conductas más graves y que atentan contra el conjunto de la ciudadanía. Por lo tanto, cuando una sociedad decide sancionar esas conductas, no debiera haber ninguna otra traba para que esa investigac­ión se inicie. Por eso en el caso de delitos electorale­s, tributario­s o de colusión, no hay una buena razón para que esa investigac­ión deba esperar para su inicio que un órgano administra­tivo dé el vamos. La obligación que sea el Servicio de Impuestos Internos el que inicie investigac­iones en delitos tributario­s, ha demostrado ser una mala norma, que ha generado muchas dificultad­es, y que esa exigencia se haya replicado en los delitos de colusión y los electorale­s, también me parece una mala política.

¿Queda la sensación que las personas que cometen delitos tributario­s, electorale­s o de colusión son tratadas de manera distinta?

Los delitos que se cometen, por lo menos, son tratados como de otra categoría, porque exigen que para que la Fiscalía pueda intervenir, se haga una denuncia previa de un órgano administra­tivo y eso me parece que no tiene racionalid­ad jurídica.b

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