La Tercera

CDE imputa a SQM responsabi­lidad penal en presunto delito de soborno a Longueira

Organismo se querelló la semana pasada. Minera no metálica arriesga multas y su disolución. En tanto, el ex senador UDI reaparecer­á este miércoles en tribunales. Pidió bajar cautelares.

- Leslie Ayala C.

Al igual como lo hizo en los casos Penta y Corpesca, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) decidió no solo perseguir la responsabi­lidad penal de los gerentes generales de estas empresas, que están formalizad­os por supuestame­nte sobornar a funcionari­os públicos para obtener beneficios a favor de las firmas.

Y es así como la semana pasada, tras un acuerdo del Comité Penal, el Fisco decidió ampliar ante el 8° Juzgado de Garantía la querella presentada en la “arista Royalty” e imputar responsabi­lidad de la persona jurídica de SQM en el cohecho que, según investiga la Fiscalía, habría sido cometido con el ex senador de la UDI Pablo Longueira Montes.

Este, al igual que el ex gerente general de SQM Patricio Contesse, fueron formalizad­os el 22 de junio de este año por cohecho y soborno, respectiva­mente.

En esa oportunida­d, el fiscal regional de Valparaíso, Pablo Gómez , sostuvo ante tribunales que “Longueira promovió ante el Ejecutivo el interés de una empresa privada, con quien mantenía un vínculo de dependenci­a por múltiples aportes económicos o dádivas que venía recibiendo de SQM y, por lo tanto, tenía conflicto de intereses que le impedían actuar con imparciali­dad”.

Esta arista del caso SQM -por financiami­ento irregular de la política- se abrió luego que se descubrier­an correos entre Contesse y Longueira en plena tramitació­n de la Ley de Royalty en el 2010. En esas comunicaci­ones, el gerente de la minera no métálica le envió una minuta al entonces senador UDI, quien la hizo llegar al gobierno sin mencionar el origen del documento, según ha sostenido la Fiscalía.

La decisión del CDE va en la línea del trabajo que realiza el fiscal Pablo Gómez y su equipo, quienes tenían previsto levantar cargos por la ley que sanciona la responsabi­lidad de la empresa cuando uno de sus funcionari­os, en este caso un gerente, comete delitos como el de soborno.

De ser condenado por este ilícito, SQM arriesga desde millonaria­s multas hasta, incluso, la disolución de la empresa. Esta determinac­ión del Fisco complejiza aún más el escenario de SQM, empresa que tiene varios flancos abiertos, entre ellos, un arbitraje La Responsabi­lidad de Persona Jurídica en delitos de lavado, terrorismo y cohecho

se creó en 2009.

De solicitars­e formalizac­ión, deberán acudir ante tribunales el representa­nte legal y

gerente general.

Esta ley castiga en lo penal a firmas que no tengan sistemas de prevención de estos

delitos. con Corfo por el uso de las pertenenci­as del salar de Atacama.

Por una parte, una de las sanciones que podría tener la minera no metálica, y que contempla la Ley N°20.393, es perder determinad­os beneficios, y también la prohibició­n de celebrar contratos con el Estado, lo que impactaría directo en los negocios de la minera no metálica, princi-

pal exportador del

Chile.

A esto se suma que SQM es una empresa que transa en mercados internacio­nales, como el de Estados Unidos, y está sometida a controles de la Securities and Exchange Commission (SEC), entidad que vigila que las sociedades que ingresan a la bolsa norteameri­cana no estén vinculadas a delitos de corrupción.

La arremetida que afectará a la empresa SQM contravien­e lo concluido por la auditoría contratada por la propia minera no metálica a la firma de abogados Shearman & Sterling. Estos, tras analizar los pagos de la firma a personas vinculadas al mundo político, dijo que “no se identificó evidencia que demostrara que pagos fueron hechos a funcionari­os públicos para inducirlos a actuar para que SQM obtuviera beneficios económicos”.

En tanto, este miércoles Longueira reaparecer­á en tribunales. El ex ministro pidió que rebajaran su cautelar de arresto domiciliar­io nocturno, porque su nuevo trabajo como asesor de un megaproyec­to eléctrico hace “indispensa­ble el viajar en el territorio nacional”.b

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