Colegio de Abogados defiende secreto profesional ante el SII
Gremio rechazó citación del Servicio, que pidió a asesores revelar informes sobre clientes. La información sería parte de un estudio de la Ocde, lo que fue puesto en duda por los privados. procesos de liquidación de impuestos están siendo analizados por
De manera unánime, el consejo general del Colegio de Abogados acordó rechazar públicamente las citaciones realizadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII), que pidió a 300 empresas y asesores tributarios antecedentes sobre la prestación de servicios profesionales.
En un documento público, el colegio solicitó que el fiscalizador desista de su solicitud, en especial en el caso de los asesores tributarios, pues a su juicio esto atenta contra el secreto profesional.
El texto plantea que “el secreto es un derecho-deber del cliente y del abogado, por lo cual lo requerido por el Servicio importa una extralimitación en sus atribuciones, y una transgresión a lo dispuesto al artículo 61 del Código Tributario”.
La semana pasada, el SII hizo pública las citaciones efectuadas a contribuyentes y asesores tributarios, solicitándoles un duplicado de los libros de ventas de 2015, las copias de la escritura de constitución de la sociedad, las 20 mayores facturas de ventas y servicios emitidas en 2015 y las copias de contratos de prestación de servicios ligados a dichas facturas. Según la propia entidad, esto busca “identificar el rol de los intermediarios tributarios” en el marco de una iniciativa global impulsada por la Ocde.
Al respecto, el presidente del Colegio de Abogados, Arturo Alessandri Cohn, manifestó que “hemos averiguado y la verdad es que no hay ningún antecedente de la Ocde (al respecto). El propio SII tiene en su página la encuesta que mandó la Ocde y no tiene nada que ver con lo que están pidiendo”.
Sin embargo, el director del Centro de Políticas Fiscales y Administración Tributaria de la Ocde, Pascal SaintAmans, de visita en Chile, declaró que “es muy importante identificar el uso de planificaciones tributarias agresivas a través de paraísos fiscales, por lo que los intermediarios tributarios tienen la responsabilidad de promover y colaborar con el cumplimiento y entrega de dicha información”.
La declaración del gremio también les recuerda a los abogados que “tienen la obligación de guardar y respetar el secreto profesional de sus clientes, el que deberán hacer valer en este caso ante el SII, tanto para los que han sido citados como para aquellos que puedan serlo en el futuro”.
Finalmente, el organismo colegiado, hizo un llamado a los contribuyentes a no entregar ningún antecedente, asegurando que “ellos tienen la obligación de no entregar nada, ya que así lo estipula el Código de Ética y el Código Penal; es un delito entregar antecedentes de un cliente”. Alessandri dijo que no descartan llevar el tema a la justicia si es que el SII sigue adelante con su solicitud.b La pugna tributaria entre el SII y la familia Ossandón Larraín escaló al Tribunal Constitucional (TC).
El jueves de la semana pasada, la sociedad Real State Golden Investments reclamó contra el juicio tributario que los obligó a pagar dos liquidaciones de impuestos a la renta e impuesto agregado del año 2009 por cerca de $ 105 mil millones y que está radicado en la Corte de Apelaciones. Esto por traspasos societarios para concentrar el negocio familiar ligado al rubro inmobiliario.
El fallo de primera instancia, por procesos iniciados en 2012, lo dictó la directora regional del SII, Silvia Moreno, quien rechazó la reclamación de la familia Ossandón. Sin embargo, en 2013, les cursaron otras dos liquidaciones de impuestos por las mismas operaciones, esta vez en los Tribunales Tributarios y Aduaneros. En ese segundo juicio, Moreno, representando al SII, se hizo parte del reclamo.
“Como se aprecia en estas dos actuaciones judiciales, el mismo director regional, el mismo juez natural erigido por el legislador como juzgador de mi representada -y que podría a futuro estar a cargo de la ejecución de la sentencia que se dicte en la gestión pendienteactúa como parte, litigando contra mi representada”, indica el escrito presentado y que aguarda a ser declarado admisible por el TC.b