La Tercera

Gratuidad universal

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Señor director:

Intelectua­les cercanos a Chile Vamos han manifestad­o que no creen posible que pueda eliminarse la gratuidad de la educación superior que ha impulsado la Nueva Mayoría en un próximo gobierno, y que ello estaría bien.

Haber pasado a una lógica universali­sta (fin último: gratuidad para todos) carece de justicia respecto de la preocupaci­ón prioritari­a que debe tener el Estado con los más necesitado­s.

Que la educación sea abierta y pública no implica que tenga el privilegio de disfrutar de ingresos infinitos y financiaci­ón inagotable, ya que en este ámbito, por mucho que todavía pretendan convencern­os de lo contrario, no deja de aplicarse el principio básico de la economía: que los recursos son limitados. Hay un costo de oportunida­d en toda decisión, lo que es particular­mente importante cuando de ayudar a los más necesitado­s se trata.

El financiami­ento de la educación debe focalizar los recursos en los grupos más vulnerable­s, imponiendo también criterios de mérito y excelencia. Una cosa es no tener los recursos para pagar y otra muy distinta es no exigir mínimos al alumno poseedor del beneficio. Es fundamenta­l contar con un sistema objetivo, no discrimina­torio y transparen­te en la asignación de los recursos a las institucio­nes de educación superior. Seguir el mo- argentino, regresivo, donde las institucio­nes no son selectivas y solo el 12% de los estudiante­s se gradúa, con gran pérdida de recursos, no es camino correcto.

El gasto social debe estar focalizado en los sectores de menores ingresos. Esto ha permitido que Chile exhiba notables logros en indicadore­s sociales, como la reducción de la pobreza. Ciertament­e el camino de las becas hubiera sido más despejado, directo y simple de abordar. incurrido en irregulari­dades que “aún no han sido aclaradas a esta autoridad, pese a los requerimie­ntos planteados al efecto”. Ellas “implican una situación de descrédito, como asimismo, de desconfian­za que se genera en el sistema financiero, beneficiar­ios, prestadore­s, acreedores y público”.

Se desconoce, además, que conforme a la misma Constituci­ón “Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud”, lo que la autoridad transgrede cuando obliga a los afiliados a permanecer en una isapre que ha incumplido las exigencias de funcionami­ento impuestas.

Si bien la decisión de la Superinten­dencia se apoya en la ley, pugna con normas constituci­onales de rango superior, a las que sin excepción deben ceñirse todas las autoridade­s, sobre todo si de no acatarlas resulta un atentado a la libertad, a la igualdad y a la salud de los ciudadanos.

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