La Tercera

Suprema ordena a eléctrica indemnizar con $ 1.500 millones a agrícola por incendio

► Máximo tribunal confirmó que hubo fallas en la mantención de tendido eléctrico de Emelectric. ► Siniestro en 2011 quemó casi 500 hectáreas de distintas especies en la comuna de San Antonio.

- A. López y J. Matus Oscar Contreras

El 21 de marzo pasado la Corte Suprema condenó a pagar una millonaria indemnizac­ión a la Empresa Eléctrica de Melipilla, Colchagua y Maule S.A. (Emelectric) -absorbida por la Compañía General de Electricid­ad (CGE) Distribuci­ón-, por su responsabi­lidad en un incendio que el 13 de febrero de 2011 arrasó con 330 hectáreas de bosque nativo, 140 hectáreas de plantacion­es de eucaliptus y 30 hectáreas de una plantación de paltos de la sociedad Agrícola Esmeralda S.A, ubicada en la localidad de Cuncumén, comuna de San Antonio.

La sentencia por la demanda civil obliga a indemnizar a la sociedad afectada con una suma cercana a los $1.500 millones. En específico, la empresa demandada deberá desembolsa­r $ 861 millones por concepto de daño emergente; $ 461 millones por lucro cesante; $ 65 millones por daño al bosque nativo y $ 112 millones por la afectación a la plantación de eucaliptus.

Este fallo se da a un mes de que el país se viera afectado por una serie de incendios dejando, según el último balance de la Corporació­n Nacional Forestal (Conaf), 467 mil hectáreas consumidas por el fuego. En varias de estas emergencia­s provocadas hace dos meses, la fiscalía apunta como responsabl­e también a CGE, debido a la presunta falta de mantenimie­nto del tendido eléctrico (ver nota secundaria).

Según el abogado de la sociedad agrícola, Oscar Contreras, el siniestro de 2011 “se provocó por el corte y caída a tierra de una de las líneas de distribuci­ón de alta tensión que prendió el pasto y se quemaron 330 héctares de bosque nativo y 50 héctareas de paltos y eucaliptus”. Esto, dijo, debido a una escasa o inoportuna mantención de la línea eléctrica.

Lo planteado por el abogado fue acogido por la Corte de Apelacione­s en su fallo, el cual fue confirmado por la Suprema el martes pasado. “Existieron dos focos de incendio y así lo declara el testigo pertenecie­nte al Cuerpo de Carabinero­s, quien observó el inicio del incendio y concurrió hasta el lugar, señalando que estos focos se iniciaron en los cables eléctricos. Ya quedó probado en la millones de pesos deberá pagar la eléctrica por daño al bosque nativo a la sociedad agrícola.

causa que estos cables eran de responsabi­lidad de la demandada, en cuanto a la mantención de ellos. Nada probó que haya tomado todas las medidas a su alcance para evitar los hechos ocurridos”, señala la resolución del tribunal de alzada.

En tanto, el fallo del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, también confirmado por el máximo tribunal, indicó que “está plenamente acreditado el hecho ilícito, la responsabi­lidad de la demanda, el daño causado, la relación de causalidad entre uno y otro y la naturaleza y monto de los perjuicios”.

Según explicó el abogado de la sociedad agrícola, la Corte Suprema determinó el monto de indemnizac­ión sobre la base de los costos de forestació­n que la Conaf fija cada año para este tipo de plantacion­es.

Contreras agregó que “es un importante precedente por cuanto deja establecid­a la responsabi­lidad de las empresas eléctricas por la debida mantención de sus líneas, y las obliga a indemnizar todos los perjuicios que puedan haber sufrido los afectados, incluyendo en ellos el bosque nativo. Este juicio puede tener una jurisprude­ncia muy importante para los incendios de este año. En el sur hay sospecha fundada que haya sido por mala mantención del tendido, entonces este fallo va a constituir un precedente en demandar a las empresas eléctricas”.

Consultada respecto al fallo, CGE Distribuci­ón aseguró que no se referiría al tema. ●

“Este fallo va a constituir un precedente para gente que quiere demandar a las empresas eléctricas”.

Abogado demandante

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FOTO: ANDRES PEREZ ►► Corte Suprema.

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